En el texto de la Convención
Reuniones
10a reunión del Comité integubernamental
30/11/2015 - 04/12/2015 Windhoek (Namibia)
9a reunión del Comité integubernamental
24/11/2014 - 28/11/2014 París (Francia)
7ta reunión del Comité integubernamental
03/12/2012 - 07/12/2012 París (Francia)
4ta reunión extraordinaria del Comité Intergubernamental
08/06/2012 - 08/06/2012 París (Francia)
6ta reunión del Comité integubernamental
22/11/2011 - 29/11/2011 Bali (Indonesia)
5ta reunión del Comité integubernamental
15/11/2010 - 19/11/2010 Nairobi (Kenya)
4ta reunión del Comité intergubernamental
28/09/2009 - 02/10/2009 Abu Dabi (Emiratos Árabes Unidos)
3ª reunión del Comité Intergobernamental
04/11/2008 - 08/11/2008 Estambul (Turquía)
3ra reunión extraordinaria del Comité Intergubernamental
16/06/2008 - 16/06/2008 París (Francia)
2ª reunión extraodrinaria del Comité Intergobernamental
18/02/2008 - 22/02/2008 Sofia (Bulgaria)
2ª reunión del Comité Intergobernamental
03/09/2007 - 07/09/2007 Tokio (Japón)
1ª reunión del Comité Intergobernamental
18/11/2006 - 19/11/2006 Argel (Argelia)
La novena reunión del Comité Intergubernamental tendrá lugar en Windhoek, Namibia, del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2015.
Funciones del Comité
Las funciones principales del Comité intergubernamental son promover los objetivos de la Convención, brindar asesoramiento sobre prácticas ejemplares y formular recomendaciones sobre medidas de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. El Comité examinará las solicitudes que presenten los Estados Partes para las inscripciones en las listas así como propuestas de programas y proyectos. También se ocupará de la prestación de asistencia internacional.
El Comité Intergubernamental preparará la implementación de la Convención, especialmente a través de la elaboración de una serie de directrices para la aplicación de la Convención, y un proyecto de utilización de los recursos del Fondo, de conformidad con el Artículo 25 . Presentará estos documentos a la Asamblea General para su aprobación.
Miembros del Comité
Los Miembros del Comité Intergubernamental son elegidos por la Asamblea General de acuerdo a los principios de una distribución geográfica y una rotación equitativas. En conformidad al Artículo 6.7 de la Convención, los Estados miembros del Comité designarán, para que los representen en él, a personas cualificadas en los diversos ámbitos del patrimonio cultural inmaterial.
En aplicación del principio de repartición geográfica equitativa previsto en el Artículo 6.1 de la Convención, la Asamblea General decidió en junio que los puestos del Comité fueran repartidos entre los seis grupos electorales de la UNESCO en proporción al número de Estados parte de cada grupo, siempre y cuando se atribuyeran al menos tres puestos a cada grupo en un Comité de 24 miembros.
Mandato
Los estados miembros del Comité serán elegidos por un mandato de cuatro años, y cada dos años, la Asamblea General procederá a renovar la mitad de sus miembros. Un Estado miembro del Comité no podrá ser elegido por dos mandatos consecutivos.