Resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
El 28 de abril de 2004, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la resolución 1540 (2004) , actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. En dicha resolución se afirma que la proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, así como sus sistemas vectores, constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales. La resolución obliga a los Estados, entre otras cosas, a abstenerse de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o emplear armas nucleares, químicas o biológicas y sus sistemas vectores.
La resolución 1540 (2004) impone obligaciones vinculantes a todos los Estados para que aprueben medidas legislativas a fin de prevenir la proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, así como sus sistemas vectores, y establezcan controles nacionales adecuados de los materiales conexos con miras a prevenir su tráfico ilícito. También alienta a fomentar la cooperación internacional en tal sentido. La resolución afirma su apoyo a los tratados multilaterales que tienen por objeto eliminar o prevenir la proliferación de las armas de destrucción en masa y la importancia de que todos los Estados los apliquen integralmente; reitera que ninguna de las obligaciones enunciadas en la resolución 1540 (2004) contradirá o modificará los derechos y las obligaciones de los Estados partes en el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares, la Convención sobre las Armas Químicas y la Convención sobre las armas biológicas y toxínicas, o modificará las atribuciones del Organismo Internacional de Energía Atómica o la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas.
El 27 de abril de 2006, el Consejo de Seguridad prorrogó el mandato del Comité 1540 por un período de dos años con la aprobación de la resolución 1673 (2006) , en la que se reiteraron los objetivos de la resolución 1540 (2004) y se expresó el interés del Consejo de Seguridad para que se intensificaran los esfuerzos para promover la aplicación plena de la resolución.
El 25 de abril de 2008, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1810 (2008) , en la que prorrogó el mandato del Comité 1540 por un período de tres años, durante el cual seguiría recibiendo la asistencia de expertos, hasta el 25 de abril de 2011. En la resolución 1810 (2008), el Consejo de Seguridad instó al Comité 1540 a que siguiera fortaleciendo su función consistente en facilitar la asistencia técnica, incluso participando activamente en la equiparación de los ofrecimientos y las solicitudes de asistencia, reforzando de esta manera su función de intercambio de información. El Consejo de Seguridad también pidió al Comité 1540 que considerara la posibilidad de realizar un examen amplio del estado de la aplicación de la resolución 1540 (2004). Como parte de este examen amplio, el Comité 1540 decidió celebrar una reunión abierta con la dilatada participación de los Estados Miembros de las Naciones Unidas y las organizaciones internacionales pertinentes. La reunión abierta tuvo lugar en la Sede de las Naciones Unidas del 30 de septiembre al 2 de octubre de 2009 y el documento final se publicó en el sitio en Internet del Comité 1540.
El 20 de abril de 2011, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1977 (2011), en la que reafirma que la proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, así como sus sistemas vectores, constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales, y prorroga el mandato del Comité 1540 por un período de 10 años, hasta 2021. El Consejo de Seguridad reconoce así que la plena aplicación de la resolución 1540 (2004) por todos los Estados es una tarea a largo plazo que exigirá un esfuerzo permanente en los planos nacional, regional e internacional. La resolución 1977 (2011) también dispone la realización de dos exámenes exhaustivos, uno al cabo de cinco años y otro antes del fin del mandato. Asimismo, la resolución 1977 (2011) insta al Comité 1540 a que siga fortaleciendo su función de facilitar asistencia técnica y mejorando la cooperación con las organizaciones internacionales pertinentes. También se solicita al Comité que siga mejorando sus actividades de divulgación y que siga instituyendo medidas de transparencia.
El 29 de junio de 2012, el Consejo de Seguridad aprobó la Resolución 2055 (2012) , aumentando el número del Grupo de Expertos que respalda la labor del Comité 1540 hasta un máximo de nueve expertos.