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Documentos de la ONU sobre los combatientes terroristas extranjeros


Exposiciones y declaraciones

Para los miembros del Comité

* Ver descargo de responsabilidad.

NUESTRO MANDATO

El Comité contra el Terrorismo, basándose en lo dispuesto en las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005) del Consejo de Seguridad, trabaja para fortalecer las capacidades de los Estados Miembros de las Naciones Unidas para combatir las actividades terroristas dentro de sus fronteras y en todas las regiones. El Comité se creó tras los ataques terroristas perpetrados el 11 de septiembre en los Estados Unidos de América.

El Comité contra el Terrorismo cuenta con la ayuda de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo, que aplica las decisiones políticas del Comité, realiza evaluaciones de expertos de cada uno de los Estados Miembros y presta a los países asistencia técnica en la lucha contra el terrorismo.

La resolución 1373 (2001), aprobada de manera unánime el 28 de septiembre de 2001, insta a los Estados Miembros a adoptar una serie de medidas destinadas a reforzar su capacidad jurídica e institucional para combatir las actividades terroristas, entre las que figuran las siguientes:

Asimismo, la resolución exhorta a los Estados para que se adhieran, tan pronto como sea posible, a los instrumentos jurídicos internacionales pertinentes de lucha contra el terrorismo.

La resolución 1624 (2005) aborda la cuestión de la incitación a la comisión de actos de terrorismo, e insta a los Estados Miembros de las Naciones Unidas a que la prohíban por ley, impidan dicha conducta y denieguen cobijo a toda persona respecto de la cual se disponga de información fidedigna y pertinente por la que haya razones fundadas para considerar que es culpable de esa conducta, entre otras cosas.

Métodos de trabajo

En suma, la labor realizada por el Comité contra el Terrorismo y la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo incluye lo siguiente:

 

La labor del Comité contra el Terrorismo

10 de febrero de 2015 - Sesión de información abierta de alto nivel del Comité.

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