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Procedimiento de selección de las solicitudes de financiación

Paso 1: las Comisiones Nacionales divulgarán la convocatoria de solicitudes de financiación a través de sus redes nacionales y darán a conocer toda la información relativa a la plataforma de solicitud en línea del FIDC, así como la fecha límite de presentación de solicitudes (15 de abril de 2016, medianoche CET).

Paso 2: los solicitantes deben completar y enviar sus solicitudes y todos los documentos pertinentes a través de la plataforma de solicitud en línea, antes del 15 de abril de 2016, medianoche CET.

Paso 3:

  • Las Comisiones Nacionales formarán un grupo de preselección que deberá estar integrado, en particular por los Ministerios de Cultura y/u otros Ministerios encargados de las industrias culturales y por miembros de organizaciones de la sociedad civil especializadas en el ámbito de la cultura, con el fin de llevar a cabo un primer examen para verificar que las solicitudes sean relevantes, respondan a las necesidades y prioridades del país, sean viables y hayan sido consultadas con las partes interesadas. Dicho grupo deberá seleccionar un máximo de cuatro solicitudes de financiación (máximo dos de autoridades/instituciones públicas y máximo dos de ONG) directamente en la plataforma de solicitud en línea, antes de 15 de mayo de 2016, medianoche CET.
  • Las Organizaciones internacionales no gubernamentales (OING) no están sujetas al proceso de preselección de la Comisiones Nacionales. Cada OING puede presentar máximo dos solicitudes en la plataforma de solicitud en línea, antes del 15 de abril de 2016, medianoche CET. Las solicitudes serán examinadas directamente por la Secretaría de la UNESCO, con el fin de verificar que los expedientes estén completos, se ajusten a los ámbitos de intervención del FIDC y, por consiguiente, sean admisibles. La Secretaría de la UNESCO informará a las OING sobre el estatus de las solicitudes, a más tardar, durante el mes de agosto de 2016.

Paso 4: una vez que las Comisiones Nacionales hayan realizado la preselección de las solicitudes dentro del plazo fijado (15 de mayo de 2016, medianoche CET), la Secretaría de la UNESCO procederá a realizar una evaluación técnica, con el fin de verificar que los expedientes estén completos, se ajusten a los ámbitos de intervención del FIDC y, por consiguiente, sean admisibles. Después de realizar la evaluación técnica, la Secretaría de la UNESCO informará a las Comisiones Nacionales si las solicitudes de su país serán evaluadas por el Panel de Expertos o si han sido consideradas inadmisibles. Las Comisiones Nacionales informarán a los solicitantes sobre el estatus de las solicitudes, a más tardar, durante el mes de agosto de 2016.

Paso 5: todas las solicitudes de financiación admisibles serán evaluadas por un grupo internacional de expertos, provenientes de las cinco regiones de la UNESCO. Cada solicitud será evaluada por dos miembros del Panel de Expertos, basándose en los criterios de evaluación establecidos por el FIDC.

Paso 6: El Grupo de Expertos comunicará sus recomendaciones finales al Comité Intergubernamental de la Convención de 2005, el cual tomará la decisión final relativa a las solicitudes que recibirán financiación del FIDC, durante su décimo sesión ordinaria del 12 al 15 de diciembre de 2016, en la sede de la UNESCO en París. 

*El Comité sólo seleccionará un proyecto por beneficiario (Parte, ONG, OING).  

 Paso 7: La Secretaría de la UNESCO informará a los beneficiarios de las solicitudes aprobadas. La ejecución de los proyectos comenzará a partir de marzo de 2017.