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ONU Bienvenidos a las Naciones Unidas. Son su mundo.

La responsabilidad de proteger

¿Quién es responsable de proteger a la población contra las burdas violaciones de los derechos humanos?

Surgimiento del concepto

Debate sobre el derecho a la «intervención humanitaria» (decenio de 1990)

A raíz de las tragedias de Rwanda y los Balcanes en los años noventa, la comunidad internacional comenzó a debatir seriamente sobre cómo reaccionar con eficacia cuando los derechos humanos de los ciudadanos son objeto de violaciones graves y sistemáticas. Lo fundamental de esta cuestión es si los Estados tienen soberanía incondicional sobre sus asuntos o si la comunidad internacional tiene el derecho de intervenir en un país con fines humanitarios.

En su Informe de 2000 sobre el Milenio, el entonces Secretario General Kofi Annan, recordando que el Consejo de Seguridad no había actuado con decisión en Rwanda y en la ex Yugoslavia, ponía a los Estados Miembros ante la disyuntiva siguiente: «Si la intervención humanitaria es, en realidad, un ataque inaceptable a la soberanía, ¿cómo deberíamos responder a situaciones como las de Rwanda o Srebrenica y a las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos que transgreden todos los principios de nuestra humanidad común?».

De la intervención humanitaria a la responsabilidad de proteger (2001)

La expresión «responsabilidad de proteger» apareció por primera vez en el informe de la Comisión Internacional sobre Intervención y Soberanía de los Estados (ICISS), establecida por el Gobierno del Canadá en diciembre de 2001. La Comisión se había establecido atendiendo a una pregunta de Kofi Annan sobre si la humanidad debía intervenir con fines humanitarios. En su informe, «La responsabilidad de proteger» Documento PDF, se llegó a la conclusión de que la soberanía no solo daba al Estado el derecho de «controlar» sus asuntos, sino que le confería la «responsabilidad» primordial de proteger a la población dentro de sus fronteras. También proponía que cuando un Estado no protegiese a su población, ya fuera por falta de capacidad o de voluntad, la comunidad internacional en general asumiera esa responsabilidad.

Informe del Grupo de alto nivel sobre las amenazas, los desafíos y el cambio (2004)

En 2004, el Grupo de alto nivel sobre las amenazas, los desafíos y el cambio, establecido por el Secretario General Kofi Annan, hizo suya la norma que acababa de plantearse acerca de la responsabilidad de proteger, a menudo denominada «R de P», y dijo que se trataba de una responsabilidad colectiva internacional, ‘ejercida por el Consejo de Seguridad por la que se autorizaba la intervención militar como último recurso en caso de genocidio y otras matanzas en gran escala, limpieza étnica y graves violaciones del derecho humanitario, que los gobiernos soberanos hubiesen demostrado no poder o no querer evitar». El grupo propuso los criterios básicos que legitimarían la autorización del uso de la fuerza por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, incluida la gravedad de la amenaza, el hecho de que debe ser el último recursos, y la proporcionalidad de la respuesta.

Informe del Secretario General: Un concepto más amplio de la libertad (2005)

En su informe «Un concepto más amplio de la libertad» el Secretario General Kofi Annan «estuvo muy de acuerdo» con el criterio expresado por el Grupo de alto nivel y propuso que, para autorizar el uso de la fuerza en general se aplicase una lista de los criterios propuestos, que incluyesen la gravedad de la amenaza, la proporcionalidad y la posibilidad de éxito.

Cumbre Mundial de las Naciones Unidas (2005)

En la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas celebrada en septiembre de 2005, todos los Estados Miembros aceptaron oficialmente la responsabilidad de cada Estado de proteger a su población del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad. En la Cumbre, los dirigentes mundiales acordaron también que cuando un Estado no cumpla esa responsabilidad, todos los Estados (la «comunidad internacional») tendrán la responsabilidad de ayudar a proteger a la población amenazada de esos crímenes. La comunidad internacional deberá estar dispuesta a adoptar medidas colectivas «de manera oportuna y decisiva», por medio del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, en cada caso concreto y en cooperación con las organizaciones regionales pertinentes, cuando proceda, si los medios pacíficos, que incluyen los diplomáticos, humanitarios y de otra índole, resultan inadecuados y «es evidente» que las autoridades nacionales no protegen a su población.

En la práctica

La primera vez que el Consejo de Seguridad se refirió oficialmente a la responsabilidad de proteger fue en abril de 2006, en la resolución 1674 sobre la protección de los civiles en los conflictos armados. El Consejo de Seguridad se remitió a esa resolución en agosto de 2006, al aprobar la resolución 1706 Documento PDF por la que se autorizaba el despliegue de las tropas de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en Darfur (Sudán). Recientemente, la responsabilidad de proteger ha figurado en un lugar destacado en algunas resoluciones aprobadas por el Consejo de Seguridad:

Libia (2011)

Tras los ataques sistemáticos y generalizados del régimen de la Jamahiriya Árabe Libia (para decirlo brevemente: Libia) contra la población civil, el 26 de febrero de 2011, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la resolución 1970 Documento PDF, en la que se hizo referencia explícita a la responsabilidad de proteger. Deplorando lo que denominó «la violación burda y sistemática de los derechos humanos» en una Libia devastada por los conflictos, el Consejo de Seguridad exigió que se pusiera fin a la violencia, «recordando a las autoridades libias su responsabilidad de proteger a su población» y le impuso un conjunto de sanciones internacionales. El Consejo decidió también remitir la situación al Tribunal Penal Internacional.

En la resolución 1973 Documento PDF, aprobada el 17 de marzo de 2011, el Consejo de Seguridad exigió la cesación inmediata del fuego en Libia, incluso el fin de los constantes ataques contra la población civil, que, según dijo, podían constituir «crímenes de lesa humanidad». El Consejo autorizó a los Estados Miembros a adoptar «todas las medidas necesarias» para proteger a la población civil bajo amenaza de ataque en el país, aunque excluyó la posibilidad de que una fuerza extranjera ocupase de alguna forma alguna parte del territorio libio. Algunos días después, en aplicación de la resolución, los aviones de la OTAN iniciaron sus ataques contra las fuerzas de Qadhafi.

Côte d’Ivoire (2011)

En respuesta al incremento después de las elecciones de la violencia contra la población de Côte d’Ivoire a finales de 2010 y principios de 2011, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la resolución 1975 Documento PDF, de 30 de marzo de 2011, en la que condenaba las graves violaciones de los derechos humanos cometidas por los partidarios del ex Presidente Laurent Gbagbo y del Presidente Ouattara, que ganó las elecciones. En la resolución se citaba «la responsabilidad primordial de cada Estado de proteger a la población civil», se pedía el inmediato traspaso de poder al Presidente Ouattara y se reafirmaba que la Operación de las Naciones Unidas en Côte d’Ivoire (UNOCI) podría utilizar «todos los medios necesarios para proteger la vida y los bienes». En un esfuerzo para proteger a la población de Côte d’Ivoire frente a nuevas atrocidades, la UNOCI inició el 4 de abril de 2011 una operación militar y la ocupación del poder por el Presidente Gbagbo terminó el 11 de abril cuando las fuerzas del Presidente Ouattara lo detuvieron tras varios días de combate con la UNOCI y los militares franceses. En noviembre de 2011, el presidente Gbagbo fue transferido al Tribunal Penal Internacional acusado de crímenes contra la humanidad por perpetrado indirectamente asesinatos, violaciones, persecuciones y otros actos inhumanos. El 26 de julio de 2012, el Consejo de Seguridad adoptó la resolución 2062 que renovó el mandato de UNOCI hasta el 31 de julio de 2013.

Yemen (2011)

El 21 de octubre de 2011, en la resolución 2014 Documento PDF se condenó a las autoridades yemeníes por las violaciones de los derechos humanos y se alentó el inició de un proceso político inclusivo de transición de poder dirigido por los yemeníes, que abarcó la celebración de elecciones presidenciales anticipadas. En esta resolución se recordaba explícitamente al Gobierno del Yemen «la responsabilidad primordial de proteger a su población».

Sudán del Sur (2011)

El 8 de julio de 2011, el Consejo de Seguridad, en la resolución 1996 Documento PDF, estableció la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en la República de Sudán del Sur (UNMISS), encargada, entre otras cosas, de asesorar y prestar asistencia al gobierno en el cumplimiento de su responsabilidad de proteger a la población civil. Sudán del Sur se convirtió oficialmente en país independiente el 9 de julio de 2011, culminación de un proceso posibilitado por un acuerdo de paz en 2005 que puso fin a una prolongada guerra civil. En diciembre de 2013, estallaron los enfrentamientos entre las fuerzas progubernamentales y las de la oposición. Como consecuencia, aproximadamente 706.000 personas fueron desplazadas, de las cuales unas 77.000 buscaron refugio en las bases de UNMISS. En febrero de 2104, el Consejo de Seguridad reiteró su firme apoyo a UNMISS y a sus objetivos prioritarios: proteger en nombre de la comunidad internacional a la población civil en Sudán del Sur, incluyendo el personal extranjero; y evaluar e investigar la situación de los derechos humanos, así como facilitarle asistencia a la población necesitada.

Los violentos enfrentamientos étnicos entre los lou nuer y los murle del estado Jonglei en Sudán del Sur se intensificaron en diciembre de 2011. El 5 de julio de 2012, el Consejo adoptó la resolución 2057 que renovó el mandato de UNMISS hasta julio de 2013.

Siria (2012)

El Secretario General Ban Ki-moon ha subrayado la urgente necesidad de encontrar una solución política a la crisis en Siria, que en estos tres últimos años se ha cobrado la vida de más de 100.000 personas y ha creado una terrible crisis humanitaria. Ha pedido a la región y a la comunidad internacional, en particular al Consejo de Seguridad, que unan sus posiciones y respalden los esfuerzos del representante especial de la ONU y la Liga Árabe, Lakhdar Brahimi, para ayudar al pueblo sirio a encontrar una solución política al conflicto.

Tanto la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos condenaron enérgicamente las constantes violaciones «generalizadas y sistemáticas» de los derechos humanos por las autoridades sirias y exigieron que ese Gobierno de ese país pusiese fin de inmediato a toda la violencia y protegiese a su población. La Alta Comisionada para los Derechos Humanos, refiriéndose a la situación en Siria ante el Tribunal Penal Internacional Disponible en inglés, recomendó e instó al Consejo de Seguridad a que asumiera su responsabilidad de proteger a la población de Siria.

«El gobierno de Siria no está protegiendo a su población», declaró el Asesor Especial del Secretario General para la Prevención del Genocidio, Adama Dieng, en un comunicado en diciembre de 2012. «La comunidad internacional debe actuar basándose en el compromiso alcanzado por los jefe de Estado y de Gobierno en la cumbre mundial de 2005 para proteger a las poblaciones del genocidio, los crímenes de guerra, las limpiezas étnicas y los crímenes contra la humanidad», dijo Dieng.

República Centroafricana (2013)

El conflicto en la República Centroafricana se inició con los ataques de los rebeldes Seleka en diciembre de 2012, que ha ido progresivamente tomando más tintes sectarios, principalmente desde que las milicias cristianas se alzaron en armas. El 10 de octubre de 2013, el Consejo de Seguridad, en su resolución 2121, recalca que “las autoridades de la República Centroafricana son las principales responsable de proteger a la población civil y garantizar la seguridad y la unidad en su territorio” y destaca “la obligación que les incumbe de velar por que se respeten el derecho internacional humanitario, el derecho de los derechos humanos y el derecho de los refugiados”. En marzo de 2014, el Secretario General presentó su propuesta de establecimiento de una misión de mantenimiento de la paz de la ONU, compuesta por unas 12.000 tropas, en este país.

Informes del Secretario General

Hacer efectiva la responsabilidad de proteger (2009)

Sobre la base del documento final de la Cumbre Mundial de 2005 Documento PDF, en un informe de 2009 del Secretario General se esbozaba una estrategia que giraba en torno a los tres pilares de la responsabilidad de proteger Documento PDF:

  1. El Estado tiene la responsabilidad primordial de proteger a su población del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad y de la incitación a cometerlos;
  2. Corresponde a la comunidad internacional alentar a los Estados a que cumplan esta responsabilidad y prestarles asistencia al respecto;
  3. La comunidad internacional tiene la responsabilidad de utilizar los medios diplomáticos, humanitarios y otros medios pacíficos apropiados para proteger a la población contra esos crímenes. Si es evidente que un Estado no está protegiendo a su población, la comunidad internacional debe estar dispuesta a adoptar medidas colectivas para proteger a esa población de conformidad con la Carta de las naciones Unidas.

En la estrategia se subrayaba el valor de la prevención y, cuando esta fracasa, de una respuesta pronta y flexible adaptada a las circunstancias específicas de cada caso. En el informe se subraya que ninguno de los pilares es más importante que el otro y que no es necesario que se apliquen consecutivamente.

Alerta temprana y evaluación y la responsabilidad de proteger (2010)

En el informe del Secretario General sobre alerta temprana, evaluación y la responsabilidad de proteger Documento PDF se señalaron deficiencias y se propusieron maneras de aumentar la capacidad de las Naciones Unidas para utilizar con más eficacia las señales de alerta, incluso la información de las operaciones sobre el terreno y responder mejor de manera oportuna, flexible y equilibrada dondequiera que haya riesgo de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra o depuración étnica.

El papel de los acuerdos regionales y subregionales (2011)

En un informe del Secretario General de 2011 se hacía hincapié en la necesidad de establecer una colaboración mundial-regional eficaz Documento PDF para ayudar a asumir la responsabilidad de proteger. En el informe se señalaban deficiencias y se proponían maneras para que las Naciones Unidas aumenten su cooperación y aprovechen la información y los análisis de los acuerdos regionales y subregionales para detectar indicios de peligro y emprender o apoyar medidas preventivas oportunas y eficaces a nivel subregional, regional o mundial. Además de insistir en que el principio de proteger es universal y en que cada región «debe avanzar», en el informe se reconoce que «cada región llevará a la práctica el principio a su propio ritmo y a su propia manera».

Responsabilidad de proteger: respuesta contundente y oportuna (2012)

El cuarto informe del Secretario General sobre la responsabilidad de proteger, presentado en septiembre de 2012, examinó la idea de «una respuesta contundente y oportuna» cuando un Estado no protege a su población, incluidas las herramientas y los socios disponibles, y la estrecha relación entre prevención y respuesta.

Responsabilidad del Estado y prevención (2013)

El quinto informe del Secretario General sobre la responsabilidad de proteger, publicado en agosto de 2013, se centra en la prevención. El objetivo del informe es analizar y proponer estrategias que puedan ayudar a los Estados a cumplir con su responsabilidad de proteger a las poblaciones frente al genocidio, los crímenes de guerra, los crímenes contra la humanidad y la limpieza étnica.

Los asesores especiales del Secretario General

En 2004, el Secretario General de las Naciones Unidas nombró al primer Asesor Especial sobre la Prevención del Genocidio, Juan Méndez, al que sucedió Francis Deng en 2007 y Adama Dieng en 2012. El Asesor Especial es responsable de reunir información sobre violaciones masivas y graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario; actuar como mecanismo de alerta anticipada del Secretario General, y por su conducto del Consejo de Seguridad; formular recomendaciones al Consejo de Seguridad, por medio del Secretario General, sobre algunas medidas para prevenir o detener el genocidio; y establecer contactos con el sistema de las Naciones Unidas sobre actividades para la prevención del genocidio.

En 2008, el Secretario General nombró a Edward Luck su Asesor Especial sobre la responsabilidad de proteger. En junio de 2013, Jennifer Welsh sucedió al Sr. Luck en el puesto. El Asesor Especial es responsable de seguir desarrollando y perfeccionando el concepto y continuar el diálogo político con los Estados Miembros y otros interesados directos sobre nuevas medidas encaminadas a la aplicación.

La oficina común de Prevención del Genocidio y la Responsabilidad de Proteger tiene el mandato de preservar y fortalecer los acuerdos existentes, incluso en relación con la creación de capacidad y la reunión y el análisis de la información que se recibe del exterior, al tiempo que añade su valor propio en cuanto a los nuevos acuerdos para la promoción de la defensa, la evaluación intersectorial, la política común y la acumulación de conocimientos sobre cómo prever y prevenir las crisis y darles respuesta adecuada en relación con la responsabilidad de proteger.

Para más información, visite: Responsabilidad de proteger:
www.un.org/es/preventgenocide/adviser/responsibility y el Programa de divulgación sobre el genocidio en Rwanda y las Naciones Unidas: www.un.org/es/preventgenocide/rwanda/.


Publicado por el Departamento de Información Pública. Marzo 2014.