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Está integrado por 18 miembros, tres de cada grupo regional. Examina y prepara informes sobre:

la cuestión de la estructura y la forma del Informe del Director General sobre las actividades de la Organización, preparado con arreglo al apartado b) del párrafo 3 del Artículo VI de la Constitución;

las cuestiones relativas al funcionamiento de la Secretaría, en particular las que se refieren a los sistemas y mecanismos de evaluación, fiscalización interna, control y rendición de cuentas;

la cuestión de las relaciones con la Dependencia Común de Inspección de las Naciones Unidas así como los informes preparados por la Dependencia Común de Inspección que no se remitan a las comisiones del Consejo Ejecutivo;

la cuestión de los métodos de trabajo de la Conferencia General y el Consejo Ejecutivo, comprendidos los de sus comisiones y comités;

cualquier otro asunto que el Consejo Ejecutivo le encomiende.


De conformidad con la Recomendación R.19 i) que figura en la Resolución 33 C/92 relativa al informe del grupo de trabajo especial encargado de examinar las relaciones entre los tres órganos de la UNESCO , aprobada por la Conferencia General en su 33ª reunión, el Consejo Ejecutivo decidió que el Comité Especial (SP) debería reunirse solamente cuando las circunstancias lo requieran y por el tiempo necesario para realizar las tareas que le encomiende el Consejo Ejecutivo (173 EX/Decisión 1.1)


Miembros del Comité SP (2007-2009)

Albania
Argelia
Azerbaiyán
Bulgaria
Costa de Marfil
El Salvador
España
Estados Unidos de América
Jamaica
Japón
Kuwait
Líbano
Malasia
Nigeria
Noruega
Pakistán
Saint Kitts y Nevis
Uganda

El Presidente del Consejo Ejecutivo está autorizado a determinar, en consulta con el Presidente del Comité Especial, los puntos que correspondan al mandato del Comité Especial para su examen en futuras reuniones (Decisión 174 EX/20).