Apoyo y colaboración
La preocupación principal cuando se hace el seguimiento de la aplicación de los instrumentos normativos de la UNESCO relativos al derecho a la educación consiste en velar por que las obligaciones contraídas por los Estados Miembros se incorporan a los sistemas jurídicos nacionales. La responsabilidad central recae sobre los gobiernos, tal como destacó la primera reunión del Grupo de Alto Nivel sobre la Educación para Todos (Sede de la UNESCO, octubre de 2001): “formular las prioridades y la legislación relativas a la educación de manera coherente con los convenios sobre derechos humanos y los objetivos de la EPT”.
Las bases jurídicas en los sistemas nacionales
El derecho a la educación sólo puede ponerse al alcance de sus beneficiarios cuando las obligaciones de los Estados se incorporan al sistema jurídico nacional y su aplicación se garantiza de manera eficaz. Por consiguiente, es fundamental que el derecho a la educación en todas sus dimensiones se integre en la constitución y la legislación de todos los Estados Miembros.
La UNESCO ha comenzado el análisis de las cláusulas constitucionales y la legislación nacional relativas al derecho a la educación en diversos países y proporciona asistencia técnica a los Estados Miembros en la tarea de desarrollar y modernizar dicho ordenamiento jurídico
La puesta en práctica y la justiciabilidad del derecho a la educación
La realización cabal del derecho a la educación depende de la aplicación eficaz de las obligaciones contraídas por los Estados. Cuando ocurre una violación del derecho a la educación, los ciudadanos deben disponer de vías jurídicas que les permitan apelar a las cortes de justicia o los tribunales administrativos. El sistema judicial desempeña una función esencial en la defensa del derecho a la educación en tanto que derecho obligatorio por ley. Las instituciones nacionales de derechos humanos y los defensores del pueblo (ombudsmen) deben ejercer también una función en este ámbito, en los países donde esas entidades existen.
La UNESCO colabora con el CESCR para abordar las cuestiones referentes a los mecanismos institucionales y los sistemas judiciales o cuasi judiciales necesarios para aplicar el derecho a la educación. El Grupo Mixto de Expertos UNESCO (CR)/Consejo Económico y Social (CESCR) sobre el Seguimiento del Derecho a la Educación (2006) ha hecho hincapié en la prioridad que debe concederse a la justiciabilidad del derecho a la educación y ha recomendado que lleven a cabo investigaciones y estudios sobre ejemplos de derecho consuetudinario y jurisprudencia existentes.
Enlaces
Informe Sobre la Tercera Reunion del Grupo Mixto de Expertos UNESCO(2005)
Informe Sobre la Cuarta Reunion del Grupo Mixto de Expertos UNESCO(2006)
Comite de Convenciones y Recomendaciones del Consejo Ejecutivo
Principio de la página