Adoptada con un amplio consenso por la Asamblea General de la ONU en 2007, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas establece un umbral mínimo necesario de compromiso con los pueblos indígenas.
La Declaración solicita que los organismos especializados de las Naciones Unidas contribuyan con su trabajo a su plena aplicación: "las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, y los organismos especializados, incluso a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por su eficacia de las disposiciones de dicha Declaración."
En respuesta a ello, las siguientes políticas han sido adoptadas por diferentes instituciones de la ONU:
- El PNUD y los pueblos indígenas: una política de compromiso
- El PNUMA y los pueblos indígenas: una alianza para el cuidado del medio ambiente. Directrices
- Política de actuación del FIDA en relación con los pueblos indígenas
- Política de la FAO sobre pueblos indígenas y tribales
- Política del Banco Mundial sobre los pueblos indígenas
Otros instrumentos normativos de la ONU importantes en la materia:
- Convenio sobre la diversidad biológica (artículo 8j)
- UNREDD - Directrices Operativas: La participación de los pueblos indígenas y otras comunidades dependientes de los bosques
- UN-Habitat - Guía normativa sobre la vivienda de los pueblos indígenas urbanos
En cuento al consentimiento libre, previo e informado, los siguientes documentos de la ONU son relevantes: