Términos de uso

Autorizar el uso del nombre, acrónimo y / o logotipo de la UNESCO es prerrogativa de la Conferencia General y del Consejo Ejecutivo. En los casos específicos establecidos por las Directivas, los órganos rectores facultan, por delegación, al Director General ya las Comisiones Nacionales para la UNESCO para autorizar dicho uso a otros órganos.

La facultad de autorizar el uso del nombre, sigla, logotipo y / o nombres de dominio de Internet de la UNESCO no podrá concederse a otros organismos. Toda decisión que autorice el uso del nombre, sigla, logotipo y / o nombres de dominio de la UNESCO se basará en los siguientes criterios:

  • Pertinencia de la asociación propuesta con los objetivos estratégicos y el programa de la Organización;
  • Cumplimiento de los valores, principios y objetivos constitucionales de la UNESCO.

El uso del nombre, acrónimo, logotipo y / o nombre de dominio debe ser expresamente autorizado por adelantado y por escrito, y debe cumplir con las condiciones y procedimientos especificados, en particular con respecto a su presentación visual, duración y alcance.