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News

¿Cómo crear un mercado del arte responsable?

27/11/2020
Montevideo, Uruguay
08 - Decent Work and Economic Growth
17 - Partnerships for the Goals

Ciclo de webinarios en colaboración con la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación de Uruguay

El comercio clandestino de bienes culturales ocupa el tercer lugar en el rango de actividades ilegales, solo superado por el tráfico de drogas y el de armamentos en términos monetarios. Es un negocio ilegal poco visibilizado, que ha aumentado considerablemente en el contexto de la pandemia y que puede hasta convertirse en una amenaza para la paz internacional. 

El tráfico ilícito de bienes culturales, que supone la apropiación indebida, el robo, hurto y receptación, así como la importación y exportación ilegal de elementos de valor patrimoniales, constituye un problema a escala global: ocupa el tercer lugar entre las actividades delictivas internacionales, por detrás del tráfico de armas y de drogas. Y la región no es la excepción a este problema. Es por esto que UNESCO y la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación de Uruguay organizan los próximos 8, 9 y 10 de diciembre de 2020 un ciclo de webinarios breves y abiertos al público en los que expertos internacionales compartirán experiencias que sirvan para hacer frente y penalizar estos delitos en todas sus formas. Los mismos se realizarán entre las 11 y las 12 horas de Uruguay a través del canal YouTube de la Oficina de la UNESCO en Montevideo.

Aunque poco se sabe del tema fuera de los ámbitos especializados, este negocio clandestino ha aumentado en los últimos años entre las organizaciones mafiosas y terroristas de todo el mundo, incluido América Latina, que lo utilizan para el blanqueo de fondos, lavado de dinero y el financiamiento de sus actividades. En muchos lugares, dicho escenario se agravó especialmente tras la pandemia del COVID-19, ante la disminución de la vigilancia en museos y sitios arqueológicos y la multiplicación de las transacciones en línea, tanto plataformas de venta en línea como redes sociales. De hecho, nunca había sido tan intenso el interés por adquirir mosaicos, urnas funerarias, esculturas, estatuillas o manuscritos antiguos, según publica El Correo de la UNESCO.

Este mercado clandestino se torna cada vez más importante y globalizado, lo que supone enormes desafíos para las empresas de arte y los coleccionistas, quienes enfrentan un número creciente de riesgos operativos y de reputación, además de un incremento en el número de regulaciones contra el blanqueo de capitales. Es por esto que es imprescindible compartir experiencias y adoptar enfoques que permitan reducir los riesgos para los agentes del mercado del arte, aumentando al mismo tiempo el compromiso del país en la protección de su patrimonio cultural.

Uruguay ratificó en 1977 la “Convención sobre las Medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales de la Unesco”, el marco jurídico internacional que permite adoptar medidas eficientes para la protección del patrimonio cultural. Desde el año 2017, además, existe un Comité Nacional que funciona como un espacio interinstitucional para promover la coordinación y consolidación de una política nacional en la materia. Sin embargo, al igual que en el resto del mundo, persisten algunas debilidades que deben ser abordadas. El robo de bienes culturales, por ejemplo, registró un aumento en los últimos años. También existe una creciente preocupación por la falsificación de obras de arte y la dificultad a la hora de certificar la autenticidad de algunas piezas que se comercializan.

Los actores del mercado del arte (casas de subastas, comerciantes de antigüedades, galeristas, coleccionistas, tasadores, rematadores, así como con plataformas de venta en línea) se convierten en figuras clave. Con la colaboración de las autoridades gubernamentales, policías y funcionarios de aduanas, abogados y personal de museos, se puede marcar la diferencia en la creación de un mercado responsable, que disminuya los riesgos para las empresas y los coleccionistas, y aumente la confianza del público en el mercado y la capacidad del país, para proteger su memoria y legado cultural.

Compromiso UNESCO

Este año se cumple el 50 aniversario de la Convención de 1970. Durante más de 50 años, la UNESCO ha desarrollado una referencia legal que ofrece un marco común a los Estados Parte sobre las medidas que deben tomarse para prohibir y prevenir la importación, exportación y transferencia de bienes culturales ilícitos. Se han desarrollado numerosas acciones de sensibilización, capacitaciones destinadas al fortalecimiento jurídico, así como distintas herramientas en colaboración con INTERPOL, ICOM, UNIDROIT o la Organización Mundial de Aduanas, como la base de datos de legislaciones nacionales sobre el patrimonio cultural, el formulario para la identificación de objetos Object ID y el modelo de certificado de exportación, entre otras.

La UNESCO también promueve un "Código Internacional de ética para marchantes de bienes culturales", que reconoce el papel esencial que desempeña el comercio en la difusión de la cultura y en la distribución a los museos y a los coleccionistas privados, proponiendo principios de práctica profesional que distingan entre los bienes culturales resultantes del comercio ilícito y aquellos que proceden del comercio lícito.

¿Qué son los bienes culturales?

De acuerdo a la Convención de 1970, son bienes culturales los objetos que, por razones religiosas o profanas, hayan sido expresamente designados por cada Estado como de importancia para la arqueología, la prehistoria, la historia, la literatura, el arte o la ciencia.

Estos pueden pertenecer a diversas categorías: colecciones y ejemplares raros de zoología, botánica, mineralogía, anatomía, y los objetos de interés paleontológico; los bienes relacionados con la historia; el producto de las excavaciones (tanto autorizadas como clandestinas) o de los descubrimientos arqueológicos; los elementos procedentes de la desmembración de monumentos artísticos o históricos y de lugares de interés arqueológico; antigüedades de más de 100 años, tales como inscripciones, monedas y sellos grabados; el material etnológico; los bienes de interés artístico; manuscritos raros e incunables, libros, documentos y publicaciones antiguos de interés especial (histórico, artístico, científico, literario, etc.); sellos de correo, sellos fiscales y análogos; archivos, incluidos los fonográficos, fotográficos y cinematográficos; y objetos de mobiliario que tengan más de 100 años e instrumentos de música antiguos.

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