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Funciones de la Asamblea General de los Estados Partes en la Convención de 2003

La Asamblea General de los Estados Partes es el órgano soberano de la Convención. Celebra una reunión ordinaria cada dos años y puede reunirse con carácter extraordinario si lo estima necesario, o a petición del Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial o de un tercio de sus Estados Partes por lo menos.

La Asamblea General elige a los 24 miembros del Comité. El mandato de la mitad de los miembros del Comité se renueva cada dos años. Con objeto de tener en cuenta la diversidad de opiniones y de medidas de salvaguardia con respecto al patrimonio cultural inmaterial en todo el mundo, la Asamblea General ha decidido que la elección de los miembros del Comité debe obedecer al principio de una distribución geográfica equitativa. El número de miembros del Comité de una región determinada se establece en función del número de Estados de esa región que hayan ratificado la Convención.

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