Ley reglamentaria del artículo 3ro. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mejora continua de la educación
Poder Legislativo
Reglamenta el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mejora continua de la educación. Su objeto es regular el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, así como el organismo que lo coordina, al que se denominará Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación y el Sistema Integral de Formación, Actualización y Capacitación que será retroalimentado por evaluaciones diagnósticas.