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Costa Rica

© Casa Presidencial Costa Rica / CC0

Políticas y normativa

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Contenido

Fecha de actualización: diciembre de 2020

1. Resumen del marco normativo y estructura del sistema educativo nacional

2. Compromisos y obligaciones del Estado como garante del derecho a la educación

Cuando los Estados firman un tratado de derechos humanos, asumen la voluntad y el compromiso de crear las condiciones necesarias para transformar la situación en el sentido que allí se propone. El instrumento jurídico fija los principios de un nuevo pacto, que debiera guiar el horizonte de la política pública, dotar de sentido y legitimidad a las acciones que los Estados orienten para su cumplimiento efectivo.

En el marco del derecho, existen básicamente dos tipos de compromisos: aquellos que los Estados asumen en el ámbito internacional al ratificar instrumentos jurídicos regionales e internacionales, y los de alcance nacional, que se expresan generalmente en las leyes nacionales de educación. En el proceso de efectivización del derecho a la educación, los países avanzan en la armonización jurídica acorde a los compromisos asumidos y en precisar un marco conceptual común desde donde interpretar las decisiones y las acciones que se lleven adelante. Es a partir del diseño y la formulación de planes, estrategias o políticas de gran alcance, que los Estados direccionan y conducen las acciones orientadas a garantizar que todos los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes accedan y transiten la escuela, se gradúen e incorporen aprendizajes significativos.

El propósito de este documento es ofrecer información para dar cuenta de los avances de los Estados latinoamericanos en garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación.

2.1. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito internacional

Los instrumentos jurídicos de carácter internacional determinan los deberes y las obligaciones de los Estados en cuestiones relativas al respeto, la protección y el cumplimiento del derecho a la educación. El derecho internacional distingue entre instrumentos jurídicos vinculantes y no vinculantes. Los instrumentos vinculantes (principales convenciones y tratados) son aquellos a los que los Estados dan su consentimiento en obligarse legalmente –mediante su ratificación o adhesión– y, por lo tanto, asumen el compromiso de adecuar su normativa interna a los estándares internacionales. Por su parte, aquellos que no tienen carácter jurídicamente vinculante, aportan una gran autoridad política y moral; a modo de ejemplo, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Si bien los ODS no revisten obligatoriedad, las acciones que los países orienten para su implementación permiten vehiculizar el cumplimiento efectivo del derecho a la educación.

Costa Rica ratificó y adhirió a diferentes instrumentos jurídicos, que ayudaron a la conformación de un cuerpo normativo relevante, desde la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (en 1963) hasta la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (en 2008). 

El Decreto Ejecutivo N° 40.203 define la Gobernanza de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, con el propósito de establecer un esquema institucional para organizar, articular, planificar, implementar, financiar y dar seguimiento a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible en Costa Rica. Se crea el Consejo de Alto Nivel de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, cuyas principales funciones son: definir una política nacional de planificación, implementación y seguimiento de los ODS con enfoque prospectivo, integrando las dimensiones económica, social y ambiental, de conformidad con las normas de Derechos Humanos y del derecho nacional e internacional, y establecer las medidas necesarias que permitan la asignación de recursos financieros para la implementación de los ODS.

2.2. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito nacional

Los Estados asumen compromisos y obligaciones a nivel internacional que adecúan normativamente al interior de sus ordenamientos jurídicos. Dentro de este compendio, la Constitución expresa la protección más alta del derecho a la educación. Su texto funciona como marco para las leyes nacionales y las políticas públicas, que deben estar alineadas a ésta. Asimismo, las leyes generales de educación amplían las obligaciones del Estado respecto a este derecho, definen y distribuyen las responsabilidades relativas a la dinámica del funcionamiento de los sistemas educativos, su ordenamiento y estructura.

La Constitución Política de Costa Rica no solo refiere al derecho a la educación, sino que destaca la obligación del Estado de proporcionar alimento y vestido a aquellas personas que no puedan adquirirlos, para poder garantizar ese derecho. También destaca la educación de adultos para combatir el analfabetismo. La normativa nacional en materia de educación es amplia, incluyendo –además de la Ley Fundamental de Educación, que regula el sistema educativo– normas de regulación del Ministerio de Educación, normas específicas para el subsistema indígena, para garantizar la inclusión y el acceso a personas con discapacidad y riesgo, y de la carrera y ejercicio de la docencia.

2.3. Planificación de la educación

Una de las formas de vincular la dimensión jurídica con las acciones programáticas es mediante los ejercicios de planificación. A través de los planes, los Estados legitiman, establecen prioridades y orientan el trabajo de los actores encargados de coordinar, ejecutar y monitorear las acciones destinadas a garantizar el derecho a la educación. En estos planes también suelen señalarse los enfoques y principios rectores que los guían.

El Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública del Bicentenario 2019-2022 presenta como desafío vinculado a la educación la inversión en una reforma para incentivar desde la educación temprana las habilidades STEM (acrónimo en inglés de los términos Science, Ciencia; Technology, Tecnología; Engineering, Ingeniería; y Mathematics, Matemáticas), con el objetivo de lograr una mejor inserción de la población en el mercado laboral, debido al cambio estructural de la economía por una mayor demanda de alta capacitación.

En el Plan Estratégico Institucional 2019-2024, se señala que la política educativa vigente fue aprobada por el Consejo Superior de Educación mediante el Acuerdo 02-64-2017. Dicha política tiene un marco filosófico y conceptual, basado en el paradigma de la complejidad, el humanismo, el constructivismo social y el racionalismo. Por su parte, la política educativa La persona: centro del proceso educativo y sujeto transformador de la sociedad asume la calidad como principio nuclear, que articula otros principios clave como la inclusión y equidad, el respeto a la diversidad, la multiculturalidad y pluriculturalidad, la igualdad de género, la sostenibilidad, la resiliencia y la solidaridad, así como las metas educativas que fomentan la formación humana para la vida, y el desarrollo de habilidades, destrezas, competencias, actitudes y valores.

3. Caracterización de la política educativa nacional

Este apartado hace foco en el conjunto de acciones que el Estado está orientando para garantizar el derecho a la educación. La caracterización de la política educativa se abordará desde tres dimensiones. En primer lugar, a través de la descripción de la estructura y el tamaño del sistema educativo. En segundo lugar, se buscará indagar y caracterizar el conjunto de intervenciones a través de las cuales se busca mantener el sistema educativo en funcionamiento. Este análisis se realizará haciendo foco en: 1) el currículo y los modelos de gestión institucional; 2) docentes; 3) infraestructura, tecnología y equipamiento; 4) trasferencias de bienes y recursos financieros con el fin de fortalecer el sostenimiento de las trayectorias escolares. Finalmente, se buscará dar cuenta del gobierno del sistema, tanto en sus arreglos organizativos e institucionales como en el financiamiento de la política educativa, y los sistemas de información, seguimiento y rendición de cuentas.

3.1. Estructura del sistema educativo

La Ley Fundamental de Educación, sancionada en 1957 y modificada por última vez en 2017, establece que el sistema educativo nacional ofrece cuatro niveles: preescolar, educación primaria (general básica), educación media (diversificada) y educación superior. En 2011, la Constitución Política estableció la obligatoriedad y gratuidad de la educación, desde el nivel preescolar hasta la educación diversificada.

El Decreto N° 22.072 del Ministerio de Educación Pública, emitido 1993 y modificado en 2013, crea el subsistema de educación indígena. Su propósito es desarrollar progresivamente la educación bilingüe y bicultural en los centros educativos indígenas.

El Ministerio de Educación Pública está conformado por diversos departamentos, encargados de determinadas temáticas. El Departamento de Educación Intercultural apoya los procesos de contextualización curricular y pertinencia cultural, y atiende a diversas poblaciones como la indígena, afrocostarricense y con situaciones migratorias especiales. Los Lineamientos para una Educación Intercultural abordan los conceptos básicos y principios sobre la educación intercultural, su marco legal, herramientas y elementos de referencia. También dan pautas para su implementación y caracterizan las distintas poblaciones indígenas del país.

La educación especial promueve la educación inclusiva de las personas con discapacidad en el sistema educativo costarricense, mediante la provisión de apoyos educativos y desde el trabajo colaborativo. Recientemente, el departamento de apoyos educativos para el estudiantado con discapacidad emitió líneas de acción de orden técnico, con el fin de acompañar a los centros educativos de preescolar, y primero y segundo ciclo en su evolución hacia centros educativos inclusivos y abiertos a la diversidad.

La educación religiosa es una asignatura básica del plan de estudios del sistema educativo costarricense. La Ley N° 21 establece que se dará a los niños y las niñas cuyos padres, tutores, encargados, no manifiesten por escrito su voluntad de que se les exima de recibirla.

La educación para personas jóvenes y adultas ofrece oportunidades educativas flexibles, innovadoras y novedosas a la población joven y adulta del país, para mejorar su calidad de vida personal y social. Los Directrices y Lineamientos para estas modalidades incluyen: Educación Abierta, Instituto Profesional de Educación Comunitaria (IPEC) y Centro Integrado de Educación de Adultos (CINDEA), Colegios Académicos Nocturnos (Can), Escuelas Nocturnas, Centro De Atención Institucional (CAI) y el Colegio Nacional De Educación a Distancia (CONED).

El Estado, de acuerdo con el artículo 86 de la Constitución Política, formará profesionales docentes para los diversos niveles de la enseñanza, por medio de institutos especiales y de la Universidad de Costa Rica. El Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano del Ministerio de Educación Pública brinda diversas capacitaciones.

a. Educación preescolar

La Ley Fundamental de Educación señala que son funciones de este nivel: proteger la salud del niño y estimular su crecimiento físico armónico; fomentar la formación de buenos hábitos; estimular y guiar las experiencias infantiles; cultivar el sentimiento estético; desarrollar actitudes de compañerismo y cooperación; facilitar la expresión del mundo interior infantil; y estimular el desarrollo de la capacidad de observación.

En 1979, el Decreto Ejecutivo N° 10.285 crea y reglamenta el nivel de educación preescolar. Diferencia el ciclo materno infantil y el ciclo de transición. En el artículo 2 establece que el ciclo materno infantil tendrá una duración de cuatro años y su finalidad será la atención de los niños desde su nacimiento hasta su incorporación en el ciclo de transición. En el artículo 3 señala que el ciclo de transición es el nivel de educación previo al ingreso en la educación general básica.

En 2017, el Decreto N° 40.529 establece las edades mínimas para el ingreso al preescolar. Especifica que 4 años es la edad mínima para el ingreso de niños y niñas al grupo interactivo II y 5 años los es para el ingreso al ciclo de transición del nivel preescolar.

En 2016, con el fin de homologar criterios propios de la educación preescolar y continuar orientando la implementación del programa de estudio, se presentaron los lineamientos nacionales que rigen para las 27 regiones educativas del país. En 2019 se publicó la Directriz de Bilingüismo, destacando la importancia del aprendizaje de una segunda lengua como herramienta indispensable para la formación, el desempeño, el desarrollo personal y profesional de la ciudadanía y planteando mejorar la enseñanza del inglés en este nivel.

b. Educación general básica

La educación general básica está conformada por tres ciclos obligatorios.

El primer ciclo está destinado a niños y niñas de 6 a 8 años. El segundo ciclo, a niños y niñas de 9 a 11 años. El tercero, a adolescentes de entre 12 y 14 años. Se ofrece en diversas modalidades: modalidad tradicional o red de escuelas diurnas; centros de educación especial (CEE), que atienden a niños y niñas con necesidades educativas especiales; y el programa de nivelación escolar Aula Edad, que surge de la necesidad de brindar oportunidades de promoción e inserción en el sistema educativo a aquellos estudiantes que presentan sobreedad en el aula regular, ya sea por repitencia o deserción. Las instituciones unidocentes son centros educativos atendidos únicamente por un docente, que se ubican en zonas rurales donde la población estudiantil es escasa.

Los Institutos Profesionales de Educación Comunitaria (IPEC), el Centro Integrado de Educación de Adultos (CINDEA) y el Programa Primaria y secundaria por suficiencia permiten a los estudiantes prepararse en forma independiente y, a través de evaluaciones específicas, certificar los aprendizajes de los niveles primario y secundario. Los colegios a distancia y el Programa Nuevas oportunidades facilitan y certifican los aprendizajes del tercer ciclo de la educación general básica.

c. Educación diversificada

La educación diversificada está destinada a adolescentes de 15 y 16 años. Forma parte del tramo de escolarización obligatoria. Se divide en tres grandes ramas: académica, técnica y artística.

Las escuelas nocturnas ofrecen educación a adolescentes y personas adultas de 15 años o más con escolaridad inconclusa. Los Institutos Profesionales de Educación Comunitaria (IPEC), el Centro Integrado de Educación de Adultos (CINDEA) y el Programa Bachillerato por madurez suficiente permiten a los estudiantes prepararse en forma independiente y, a través de evaluaciones específicas, certificar los aprendizajes de educación diversificada. Los colegios a distancia y el Programa Nuevas Oportunidades facilitan y certifican los aprendizajes de educación diversificada.

d. Educación técnico profesional

En Costa Rica, la educación técnico profesional constituye una rama dentro de la educación diversificada, forma parte del nivel superior y de la educación no formal. Se ofrece educación técnico profesional en establecimientos de gestión estatal y de gestión privada.

La Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras dirige la prestación del servicio de educación técnico profesional en el nivel de tercer ciclo y educación diversificada, además de todos aquellos programas de estudios relacionados con la educación técnica que forman parte de la oferta educativa del MEP. Para cumplir con sus funciones, cuenta con el Departamento de Especialidades Técnicas, el de Vinculación con la Empresa y la Comunidad, y el de Gestión de Empresas y Educación Cooperativa. La Ley N° 7372 regula el financiamiento y desarrollo de la educación técnico profesional.

La oferta de educación técnico profesional de gestión estatal se concentra en los centros educativos que imparten educación diversificada, en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), el Tecnológico de Costa Rica (TEC) y la Universidad Técnica Nacional (UTN). 

El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) es una entidad autónoma, creada en 1965 por la Ley N° 3506 y reformada por la Ley Orgánica N° 6868 en 1983. Brinda capacitación y formación profesional, certificación y acreditación de saberes a adolescentes, personas jóvenes y adultas de 15 años o más con el primero y segundo ciclo de educación general básica aprobados. No habilita la continuidad hacia el nivel superior.

El Tecnológico de Costa Rica (TEC) y la Universidad Técnica Nacional (UTN) ofrecen educación técnica de nivel superior.

El TEC es una institución nacional autónoma que se dedica a la docencia, investigación y formación de técnicos universitarios. Fue creado mediante la Ley N° 4777 en 1971. La admisión a las carreras de formación técnica (bachilleratos o licenciaturas) consiste en una prueba de aptitud académica que pueden realizar los estudiantes matriculados durante el último año de la educación diversificada.

La Universidad Técnica Nacional (UTN) fue creada en 2008. En 2009, comienza a funcionar con la apertura de 33 carreras. Se dedica a la docencia, investigación y formación de técnicos. Otorga títulos intermedios de bachillerato y diplomado.

e. Educación superior

La educación superior está orientada a adolescentes y jóvenes que finalizaron la educación diversificada. Se rige por la Ley N° 6541, la cual fue reglamentada por el Decreto N° 38.639. Está conformada por la educación superior parauniversitaria y la educación universitaria.

La educación parauniversitaria ofrece títulos intermedios, entre la educación diversificada y la educación superior universitaria. Se brinda en centros educativos gestionados por el Estado y por privados (colegios universitarios). El Consejo Superior de Educación es la autoridad que regula y emite los certificados.

La educación universitaria ofrece títulos de licenciatura, maestría y doctorado. Se brinda en universidades gestionadas por el Estado y por privados. La Ley Fundamental de Educación establece que las universidades gozan de plena capacidad jurídica, organizativa y de gobierno.

Además de los aspectos estructurales descriptos, una parte de la caracterización de la política educativa consiste en el dimensionamiento del tamaño del sistema educativo. En este sentido, según los datos del Ministerio de Educación Pública publicados en la última Memoria Institucional 2014-2018, la matrícula en el nivel preescolar rondaba los 145.700 estudiantes. De acuerdo a los datos del boletín publicado por el Departamento de Análisis Estadísticos, de la Dirección de Planificación Institucional del MEP, cursaban primaria 483.770 estudiantes, con una alta concentración en I y II ciclo tradicional (451.922 estudiantes) y el resto repartido en las escuelas nocturnas, primaria por suficiencia, aula edad, CINDEA y educación especial. A la educación secundaria asistían a 2018, 476.668 estudiantes, mientras que en educación para el trabajo se registraban 35.988. Por su parte, a la Universidad de Costa Rica asistían 44.000 estudiantes, rondando el nivel superior en total –instituciones públicas y privadas– 210.000 estudiantes. La cantidad de escuelas reportada era de 3710 para I y II ciclo.

La cantidad de docentes, de acuerdo a los datos proporcionados por UIS también para el año 2018, era de 10.873 en nivel preescolar, 39.638 en primaria (ciclo I y II) y 23.423 (ciclo III) y 14.930 en secundaria.

3.2. Política educativa nacional

La política educativa está conformada por un conjunto de bienes, servicios y transferencias que los Estados movilizan para garantizar el derecho a la educación. El acceso, la permanencia, la adquisición de aprendizajes y la culminación del tramo escolar de los estudiantes, dependen en gran medida de los recursos que los Estados orientan para garantizarlos. Estos recursos se concentran en –al menos–cuatro focos.

•  Currículo y modelos de gestión: comprende todas las acciones orientadas a definir los contenidos de la educación, los materiales didácticos, los modelos de gestión institucional y la dinámica en que se inscriben los procesos de enseñanza y aprendizaje.

•  Infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología en las escuelas: acciones dirigidas a mantener, ampliar, rehabilitar, equipar y dotar de tecnología a la red de servicios educativos.

•  Docentes: una gran parte de los recursos que orientan los Estados se destinan a formar, evaluar, acreditar y sostener el ejercicio de la docencia. Estas acciones consisten en: formación inicial, formación continua, carrera docente y aseguramiento de las condiciones básicas para el desarrollo del trabajo.

•  Fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes: se trata de las acciones de fortalecimiento de la demanda educativa. Dentro del conjunto de las experiencias agrupadas en este foco, se destacan las que se apoyan en la transferencia directa de recursos financieros y de bienes (alimentos, textos escolares, uniformes, entre otros) hacia las familias, a niños, niñas y adolescentes escolarizados o, incluso, hacia los responsables de la gestión de los establecimientos educativos.

A modo de síntesis, y sin pretensión de exhaustividad, se puede señalar lo siguiente.

El foco currículo y modelos de gestión evidencia los esfuerzos desarrollados por el país para cumplir con lo enunciado en los documentos de planificación. Por un lado, el desarrollo curricular y de programas y modelos de gestión centrados en la enseñanza del idioma inglés, de ciencia y tecnología. Por otro lado, un fuerte compromiso con programas en línea con los principios de la política educativa: educación ambiental; convivencia; ambientes libres de violencia en general y de género en particular; respeto a la diversidad; acceso a la cultura, por ejemplo, a través del teatro en el aula.

En el foco infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología, encontramos el Programa Nacional Tecno@prender, orientado al desarrollo de la educación por medio de la inclusión de las tecnologías digitales en los procesos de enseñanza y aprendizaje, para apoyar el currículo educativo; favorecer el acceso y uso productivo de la tecnología en la comunidad educativa; estimular el desarrollo de un pensamiento crítico y divergente; y la promoción de la innovación en las prácticas de los docentes. Cuenta con siete modelos de intervención que permiten la inclusión de las tecnologías digitales móviles en los distintos niveles (desde preescolar a educación para personas jóvenes y adultas), en educación especial y en las bibliotecas. En el mismo sentido, Hogares conectados otorga computadoras y acceso a internet para reducir la brecha digital.

Los recursos orientados al foco docentes se centran en la formación a través del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, y en programas específicos para garantizar el bienestar, tales como Salud ocupacional o Alcemos la voz, que tiene por objetivo la prevención y promoción de la denuncia del hostigamiento sexual y las relaciones impropias en el ámbito educativo y laboral.

Por último, las acciones del foco fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes son desarrolladas por el IMAS, el Ministerio de Educación Pública, la Universidad de Costa Rica, entre otros, y se centran en apoyos económicos para evitar la interrupción de las trayectorias escolares. También se desarrollan, con el mismo propósito, programas de alimentación, transporte y uniformes. Se destacan las acciones de fortalecimiento a estudiantes con discapacidad para coadyuvar en el proceso de formación educativa en igualdad de condiciones.

3.3. El gobierno del sistema educativo

El gobierno del sistema educativo se compone por el conjunto de disposiciones legales y procedimientos que establecen, distribuyen y regulan las responsabilidades de los organismos y actores en distintos aspectos que inciden en el funcionamiento global del sistema. De acuerdo a la perspectiva de este documento, se abordará desde tres dimensiones: a) la organización y el modelo de gestión de la educación; b) el financiamiento de la política educativa; y c) los sistemas de información y evaluación.

3.3.1 La organización y el modelo de gestión de la educación

El Consejo Superior de Educación es un órgano de naturaleza jurídica constitucional, con personalidad jurídica instrumental y presupuesto propio, que tiene a su cargo la dirección general de la enseñanza oficial, de acuerdo con el artículo 81 de la Constitución Política de la República de Costa Rica. El Ministerio de Educación Pública (MEP) elabora e implementa los planes y programas que emanan del Consejo Superior de Educación; sostiene relación con el Poder Ejecutivo y la Universidad de Costa Rica; inspecciona y fiscaliza la educación privada; y ejerce vigilancia administrativa de los estímulos económicos que el Estado brinda a la educación gestionada por privados. El Ministerio se compone por tres viceministerios: Académico, de Planificación Institucional y Coordinación Regional, y Administrativo. Además del Consejo Superior de Educación, el Tribunal de Carrera Docente, CONESUP, las oficinas de contraloría y auditorías, asuntos jurídicos, prensa, entre otros (organigrama MEP).

La Ley de Educación establece que el Consejo Superior de Educación autorizará los planes de estudio y los programas de enseñanza para los diversos niveles y tipos de educación. Esos planes y programas serán flexibles, variarán conforme lo indiquen las condiciones y necesidades del país y el progreso de las ciencias de la educación, y serán revisados periódicamente por el propio Consejo. En cada distrito escolar hay una junta de educación nombrada por la municipalidad del cantón que ejerce la inspección de las escuelas del circuito. Las instituciones de enseñanza media cuentan con una junta administrativa con similar función.

El Consejo Universitario es el órgano responsable de definir las políticas generales de la Universidad de Costa Rica. El Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP) es un órgano desconcentrado en grado máximo, adscrito al Ministerio de Educación Pública, encargado de la inspección y fiscalización de las universidades privadas del país.

El Consejo Nacional de Rectores (CONARE) fue creado mediante el Convenio de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal en Costa Rica, suscrito por las instituciones de educación superior universitaria estatal en 1974 y reformado en 1982. En este convenio se regula la coordinación para el ejercicio conjunto de la autonomía universitaria. La Oficina de Planificación de la Educación Superior (OPES) es su órgano técnico. El Plan Nacional de la Educación Superior Universitaria Estatal (PLANES) es el documento consensuado por las cinco universidades estatales que conforman el CONARE, en el que se especifican los compromisos, los objetivos y las acciones estratégicas por quinquenio. Para su elaboración se consideran las políticas y lineamientos aprobados por los consejos universitarios e institucional, así como los respectivos planes de desarrollo de cada una de las instituciones que conforman el Sistema de Educación Superior Universitaria Estatal (SESUE).

La Universidad de Costa Rica se rige por el Estatuto Orgánico, el cual determina los principios y propósitos de la universidad, su estructura y gobierno, así como el régimen de enseñanza y el administrativo.

El Sistema Nacional de Educación Técnica (SINETEC) es el ente que promueve la integración armónica de los niveles de educación técnica, a nivel público y privado, desde el nivel básico hasta el técnico superior, con un criterio de eficiencia y eficacia, mediante acciones concertadas entre las instituciones formadoras y el sector productivo.

3.3.2 El financiamiento de la política educativa

Costa Rica es un país unitario con organización centralizada del sistema educativo. La asignación de recursos se encuentra centralizada en el Ministerio de Educación Pública. El artículo 78 de la Constitución, que establece la obligatoriedad de la educación preescolar, básica y diversificada, señala además que el gasto público no será inferior al 8% del PIB.

Las juntas de educación, las juntas administrativas, así como las demás organizaciones similares, son dotadas de recursos provenientes del presupuesto nacional, de las municipalidades, de las instituciones autónomas y otras de carácter especial. Este fondo se invierte prioritariamente en material didáctico, mobiliario y equipamiento, y comedores escolares.

En cuanto al nivel superior, la Constitución (artículo 85) establece que el Estado dotará de patrimonio propio a la Universidad de Costa Rica, al Instituto Tecnológico de Costa Rica, a la Universidad Nacional y a la Universidad Estatal a Distancia, y les creará rentas propias, independientemente de las originadas en estas instituciones. Además, mantendrá un fondo especial para el financiamiento de la educación superior estatal.

3.3.3 Sistemas de información y evaluación

En Costa Rica, la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad es el organismo responsable de planificar, analizar, estudiar, asesorar, investigar, evaluar y divulgar todos los aspectos relacionados con la evaluación académica y certificación de las pruebas nacionales de la educación formal, abierta y de docentes, así como el desarrollo, la dirección e implementación del sistema de evaluación de la calidad de la educación. Además, coordina el Programa de Informatización para Alto Desempeño (PIAD), para promover la automatización de procesos y el mejoramiento de la capacidad de gestión de los centros educativos.

También dependiente del MEP, el Departamento de Análisis Estadístico de la Dirección de Planificación Institucional es el órgano encargado de brindar indicadores del sistema educativo costarricense.

Como se señaló previamente, la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad es el organismo responsable de las pruebas de evaluación nacionales e internacionales. Entre las primeras se destacan las Pruebas Nacionales Diagnósticas y las de Fortalecimiento de Aprendizajes para la Renovación de Oportunidades (FARO). Las pruebas internacionales en las que participa Costa Rica son, en nivel preescolar, el Proyecto Regional de Indicadores de Desarrollo Infantil. En las pruebas de evaluación de aprendizaje y competencias, participa del Programme for International Student Assessment (PISA) y del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE). Las últimas evaluaciones fueron en 2018 y 2019 respectivamente, aunque ninguna tuvo carácter obligatorio.

El Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (SINAES) es el órgano de acreditación de la Educación Superior. Comienza en el año 1999, cuando se constituyó el primer Consejo Nacional de Acreditación. Como órgano independiente adscrito al Consejo Nacional de Rectores, en los primeros años de trabajo recibe financiamiento del CONARE. A partir del año 2002, el SINAES empieza a administrar un presupuesto propio y, desde 2011, con la aprobación de la Ley N° 8798 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Acreditación recibe su presupuesto principalmente del Estado, aunque se mantiene el aporte de las Universidades por cada proceso sometido al SINAES. El Sistema de Información de la Educación Superior

4. La efectividad de la política educativa

Acceso, participación, trayectoria educativa y logros de aprendizaje.

Este apartado tiene como propósito ofrecer información sustantiva para realizar una aproximación a la efectividad de la política educativa, mediante el análisis de una serie de indicadores que permiten dar cuenta de la situación en que se encuentran niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas respecto al derecho a la educación. 

4.1. Nivel educativo de la población

•  Los años de escolarización se incrementaron entre 2000 y 2018, y se mantuvieron en la última medición, observándose brechas a favor de la población de áreas urbanas y de mayores ingresos.

•  El porcentaje de población adulta que finalizó la secundaria alta aumentó significativamente en el período anteriormente mencionado y continuó ascendiendo levemente en la última década. No obstante, se mantiene la brecha urbana/rural (44% vs. 24%) y por nivel de ingresos (la población de mayores ingresos supera en casi 50% a la de ingresos inferiores).

4.2. Educación inicial

•  La tasa de asistencia escolar en el último año del nivel inicial muestra incrementos significativos a lo largo de las mediciones, alcanzando en la actualidad porcentajes superiores al 90% en todas las variables de segmentación. Es levemente inferior en el área rural.

4.3. Educación primaria

•  La tasa de asistencia escolar primaria se fue incrementando a lo largo del período analizado, alcanzado la universalización en todas las áreas y niveles de ingreso.

•  La tasa de finalización de la educación primaria también muestra incrementos, manteniendo la brecha de acuerdo al nivel de ingresos (7 puntos porcentuales más en población de mayores ingresos). 

4.4. Educación secundaria

•  La tasa de asistencia escolar a la secundaria baja evidencia incrementos en las últimas décadas, con leves diferencias entre población urbana y rural, y más pronunciadas entre nivel de ingresos.

•  La tasa de asistencia escolar a la secundaria alta también evidencia incrementos, que se expresan con más fuerza entre mujeres y en áreas rurales. Prevalecen las desigualdades, en tanto la población con mayor nivel de ingresos supera el 50% mientras que en los sectores de menores ingresos sólo el 28% asiste a la secundaria alta.

•  Los datos muestran importantes descensos en la sobreedad por grupo de edad a lo largo de las últimas décadas. A la vez, ascendió la tasa de finalización de la secundaria superando la mitad de la población.

4.5. Educación superior

• La tasa de asistencia a educación superior ascendió entre en 2000 y 2012, manteniéndose estable a 2018 (últimos datos disponibles). Se registran diferencias a favor de las mujeres (6,5%), la población de áreas urbanas (9,1%) y la población de mayores ingresos (40,1%).

• El porcentaje de finalización de educación superior es ampliamente mayor en zonas urbanas y población de mayores ingresos, evidenciando que solo el 1,8% de la población de menores ingresos logra finalizar este nivel. 

 

4.6. Becas y programas de transferencias condicionadas

• La percepción de algún tipo de becas disminuyó considerablemente entre 2011 y 2017, en especial entre estudiantes de educación primaria.

5. Desafíos de la política educativa

Desde la firma y ratificación de los distintos instrumentos jurídicos internacionales, Costa Rica asumió el compromiso y la obligación de garantizar el derecho a la educación de acuerdo a los principios enunciados en estos. En consecuencia, fue armonizando su cuerpo normativo y sus acciones programáticas para lograrlo.

A lo largo de este documento se intentó mostrar los avances, haciendo foco en el conjunto de acciones que el país llevó adelante y los resultados de estos esfuerzos.

Como se señaló, la Constitución estipula el derecho a la educación y los niveles obligatorios, y fija la asignación del 8% del PIB para su financiamiento. En cuanto a la planificación, se evidencia un lugar destacado de los ODS, con la intención de organizar, articular, implementar, financiar y dar seguimiento a los mismos. Se desarrolló amplia normativa para garantizar el derecho a la educación de personas con discapacidad y pueblos indígenas. Y se propone reformar la educación, incentivando la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas, además del bilingüismo. 

En este sentido se desarrollan programas basados en estas líneas, con currículos y modelos de gestión orientados a la ciencia, la tecnología, la educación ambiental, la convivencia, entre otros.

La inclusión de tecnologías digitales en los procesos de enseñanza y aprendizaje se realiza desde el nivel preescolar y pretende, además, estimular el pensamiento crítico, promoviendo la innovación de las prácticas docentes.

Por último, se desarrolla un amplio abanico de programas de apoyo y fortalecimiento de las condiciones de vida, para facilitar la continuidad educativa, centrados en diversas transferencias, alimentos, transporte, útiles, entre otros.

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CON EL APOYO DE:

Fecha de actualización: diciembre de 2021

1. Información de contexto

La República de Costa Rica se encuentra ubicada en América Central. Limita al norte con la República de Nicaragua y al sur con la República de Panamá, al este con el mar Caribe y al oeste con el océano Pacífico. El territorio costarricense tiene una superficie de 51.100 km2, y se divide en 7 provincias, 82 cantones y 410 distritos. Carlos Alvarado Quesada fue elegido presidente para el período 2018-2022.

Acceso a la tabla "Principales indicadores del país y promedio regional."

 

2. Costa Rica frente a la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

Costa Rica suscribe a la CDN¹ el 26 de enero de 1990, el 21 de agosto la ratifica ante la Secretaría de Naciones Unidas, entrando en vigor el 20 de septiembre del mismo año. Aprueba la CDN a través de la Ley 7184 de 1990 y le otorga rango supralegal dentro de su ordenamiento jurídico.

La CDN cuenta con tres protocolos facultativos que la amplían². El primer protocolo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, y el segundo sobre la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, se suscribieron conjuntamente el 7 de septiembre de 2000, y se ratificaron ante la Secretaría de la ONU el 24 de enero de 2003 y el 9 de abril de 2002 respectivamente. En cuanto al tercer y más reciente protocolo relativo a la aceptación del procedimiento de comunicaciones, fue ratificado el 14 de enero de 2014.

Acceso al gráfico "Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos facultativos."

2.1. Informes periódicos presentados ante el Comité de los Derechos del Niño y observaciones finales del Comité

En cumplimiento con los compromisos asumidos al momento de ratificar la CDN y sus protocolos facultativos, los Estados parte deben presentar informes periódicos cada cinco años ante el Comité de los Derechos del Niño, sobre los avances y medidas adoptadas en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. El Comité de la CDN en base al estudio del informe entregado por el país, los informes de expertos independientes, de la sociedad civil y de diversas organizaciones no gubernamentales, emite las observaciones finales en respuesta al informe periódico presentado por el Estado parte.

Acceso a la tabla "Avances en el cumplimiento de los derechos reconocidos en la CDN."

 

2.2. La institucionalidad al servicio de la protección integral de los derechos de la infancia

En 1998 Costa Rica promulgó el Código de la Niñez y la Adolescencia a través de la Ley N° 7739. El mismo constituye el marco jurídico mínimo para la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Allí, establece el Sistema Nacional de Protección Integral y define el diseño de las políticas públicas y la ejecución de programas destinados a su atención, prevención y defensa por medio de las instituciones que conforman el sistema. El sistema se compone por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CNNA), el cual se adscribe al poder ejecutivo y constituye el órgano de mayor jerarquía del sistema. Es el espacio de deliberación, concertación y coordinación entre el nivel central, instituciones descentralizadas y organizaciones de la sociedad civil relacionadas en la materia. A su vez, las Juntas de Protección de la Niñez y la Adolescencia actúan como órganos locales de coordinación y adecuación de las políticas públicas sobre la materia, quienes cuentan con un representante de la población adolescente, mayor de 15 años con voz y voto.

El Código, crea el Fondo para la Niñez y la Adolescencia, que tiene como objetivo financiar proyectos que desarrollen acciones de protección integral en base comunitaria y ejecución exclusivamente comunitaria e interinstitucional.

En la Defensoría de los Habitantes funciona la Dirección de Niñez y Adolescencia, encargada de atender, tramitar, investigar y preparar los informes finales de las investigaciones de oficio en los casos sobre violaciones de los derechos e intereses de niños, niñas y adolescentes originados por actuaciones del sector público.

3. La política pública para la primera infancia

3.1. Planificación

Los Estados desarrollan estrategias orientadas a direccionar y conducir el conjunto de acciones que destinan al cumplimiento efectivo de los derechos de niños y niñas durante la primera infancia. En muchos casos, los ejercicios de planificación estratégica dan lugar a documentos a los cuales se los denomina planes, estrategias o políticas de gran alcance. Si bien la CDN orienta la actividad de los Estados, no fija su contenido específico. Estos tienen que ajustar la orientación de la política pública existente a los principios que propone la CDN. Esto implica precisar un marco conceptual común desde el cual interpretar las decisiones y las acciones que se promueven y las que se llevan adelante.

La Política Nacional para la Niñez y la Adolescencia se constituye como el marco general en el que se establecen objetivos estratégicos, lineamientos y mecanismos de coordinación entre los organismos que proveen bienes, servicios y transferencias destinados a garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Posiciona al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia y al Patronato Nacional de la Infancia como organismos coordinadores de las acciones que impulsa el plan.

En 2015 se crea la Política Nacional de Atención a la Primera Infancia, en la que se introducen lineamientos orientados específicamente a la primera infancia; y en la que se articulan instituciones, recursos y acciones que deben llevarse a cabo para garantizar la atención y protección integral de las niñas y niños. El Consejo de la Niñez y la Adolescencia instaura la Comisión de Primera Infancia, encargada de llevar el seguimiento de su implementación.

Con la Ley 9220 se crea la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (REDCUDI) y se posiciona al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) como organismo coordinador. La REDCUDI funciona mediante lineamientos y mecanismos de coordinación entre los organismos que ofrecen servicios de atención y educación a niños y niñas hasta los 12 años. Su fin es establecer un sistema de cuidado y desarrollo infantil de acceso público, universal y de financiamiento solidario que articule las diferentes modalidades de prestación pública y privada de servicios en materia de cuidado y desarrollo infantil, para fortalecer y ampliar las alternativas de atención infantil integral. Los servicios de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil son complementarios y no sustitutos de los servicios de educación preescolar prestados directamente por el Ministerio de Educación Pública. En 2018, se construye el Plan Estratégico Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (REDCUDI) a partir de un proceso participativo, en el que se formula el Plan de Acción para el periodo 2019-2022, así como las acciones de seguimiento, control, difusión y gestión estratégica.

Finalmente, la Estrategia Nacional para la reducción de la pobreza extrema Puente al Desarrollo surge del Plan Nacional de Desarrollo con el propósito de incidir en la reducción de la pobreza extrema y la desigualdad social. La estrategia es un proceso de atención multisectorial e interinstitucional que busca garantizar a las familias el acceso al sistema de protección social, al desarrollo de sus capacidades, al vínculo con el empleo, a las ventajas de la tecnología, a la vivienda digna y al desarrollo territorial como medios para contribuir con el desarrollo humano y la inclusión social.

 

 

3.2. Intervenciones

Una aproximación hacia las formas en que los distintos Estados de la región están avanzando hacia la implementación de sistemas integrales de protección de derechos implica hacer foco en todas las acciones que están direccionadas hacia la primera infancia. La matriz de análisis que emerge del estudio de la política actual para primera infancia en América Latina se compone de los distintos núcleos de intervención, en los cuales los Estados concentran la mayor parte de la actividad estatal orientada a niñas y niños en sus primeros años de vida. Pero el análisis de las políticas de primera infancia en la región permite también identificar momentos en los cuales se distribuyen y se articulan las intervenciones a lo largo del tramo que conforma la etapa del ciclo vital. A continuación, se ampliarán estos dos componentes de la matriz utilizada para el análisis de la política para primera infancia en la región.

Los núcleos de intervención que emergen del análisis de la política de primera infancia son: salud, cuidado y educación, y restitución de derechos vulnerados. En la actualidad, la agenda de la primera infancia reconoce y dialoga con estos tres grandes flujos de acción donde se concentra mayor actividad estatal.

El primer núcleo en el cual se concentra una parte importante de la actividad estatal, y el que tiene más historia, es el que hace foco en la atención de salud de las personas embarazadas, y de niños y niñas. El actor institucional central es el sistema de salud. Un rasgo importante es su pretensión de universalidad. Hoy por hoy, se registra un consenso muy fuerte en torno a que todas las personas gestantes, los niños y niñas tienen que tener garantizado el acceso oportuno a servicios de salud de calidad. Desde el momento de la gestación, se despliega un conjunto de intervenciones que se extienden a lo largo del ciclo vital del niño y la niña. Durante el primer año de vida, estas acciones se intensifican considerablemente y se centran básicamente en el seguimiento y control de la salud, estado nutricional y prevención de enfermedades. Estas prestaciones se desarrollan en los distintos dispositivos sanitarios de los tres niveles de atención, que trabajan de manera articulada, y se organizan según los problemas de salud que resuelven y no por las prestaciones que brindan. Aquí se observa cómo los distintos dispositivos de salud despliegan sus capacidades en el territorio y atienden las dimensiones del desarrollo biofísico y nutricional, al igual que las vulnerabilidades asociadas a la gestación y el parto, como la alimentación, lactancia, la salud mental y cuidados fundamentales.

El segundo foco en que se concentra la actividad estatal, con una historia más reciente, son los esfuerzos para garantizar la atención, cuidado y educación en la infancia. En particular, en el desarrollo de las capacidades cognitivas, afectivas, emocionales, sociales de niños y niñas pequeños, en las habilidades parentales de las madres, padres y cuidadores directos, y en el alivio de la carga de cuidado que enfrentan las familias durante la etapa de crianza. En este flujo participan una variedad de actores institucionales y profesionales de diversas disciplinas. Es una vertiente que, al igual que la anterior, acumula una intensa experiencia de territorialización de acciones y trabajo en contextos diversos, en donde el sector salud también tiene una presencia muy importante.

Las acciones orientadas a la protección y cuidado de la infancia se nutren de un conjunto diverso de instrumentos de políticas. A través de talleres en espacios públicos (jardines, escuelas, centros comunitarios) o visitas domiciliarias, se busca acompañar a las familias y fortalecerlas en sus habilidades parentales. Estos espacios constituyen instancias en las que se problematizan distintas dimensiones de la crianza, a la par que funciona como nexo para la articulación de otros servicios públicos. Otro tipo de intervenciones que hacen foco en el desarrollo de capacidades se basa en la atención institucionalizada de niños y niñas. Se trata de espacios en donde las familias dejan a sus hijos al cuidado de otras personas adultas durante un tiempo previamente establecido. Consiste en una oferta variada de servicios, que atiende de forma directa a niños y niñas, cuyas modalidades son diversas: centros de desarrollo infantil, hogares para niños sin cuidados parentales, espacios comunitarios, que por lo general dependen del Ministerio de Desarrollo Social o algún área semejante a nivel provincial o municipal. Muchos de estos servicios nacieron como experiencias comunitarias de cuidado en contextos en donde el Estado se encontraba ausente. En gran medida, porque estos servicios no solo brindan atención directa a niños y niñas, sino que también permiten aliviar la carga de cuidado que enfrentan las familias, liberando tiempo para que las personas adultas puedan trabajar fuera del hogar. Esta es una de las razones por las cuales el debate en torno a estos servicios atraviesa y articula la agenda de la primera infancia con la impulsada por los movimientos de mujeres; en particular, la agenda de los cuidados. Un rasgo común de esta oferta de servicios es que, en contraste con la primera vertiente –relacionada con la atención de la salud–, focaliza en los sectores más vulnerables. Es una red de servicios focalizada y presenta variaciones respecto de su calidad, pertinencia del servicio que brinda, y supervisión y apoyo que recibe por parte del Estado.

En este foco también confluyen los servicios educativos correspondientes al nivel inicial. El actor institucional que ofrece y garantiza el servicio es el Ministerio de Educación u organismos análogos. Aquí lo que se observa es la pretensión de universalizar el nivel inicial a edades más tempranas que, en la actualidad, establece la obligatoriedad en la mayoría de los países a la edad de 4 y 5 años.

Por último, se identificó un tercer núcleo de intervenciones, que se orientan a la restitución de derechos vulnerados. Se caracteriza por ser intensivo en recursos normativos. En este núcleo, el poder judicial tiene una presencia importante pero también participan otras áreas del Estado, como los organismos del sistema de seguridad social y los ministerios de desarrollo social. Algunos de los focos de intervención más relevantes son la prevención y la asistencia a niños y niñas víctimas de trata o explotación sexual y aquellos que son víctimas de otros tipos de violencia. Otro foco de intervención es la restitución del derecho a crecer en un entorno familiar para niños y niñas que no cuentan con cuidados parentales.

Se incluyen aquí acciones orientadas a restituir uno de los derechos más vulnerados en nuestra región: el derecho de niños y niñas a crecer en familias que cuenten con un flujo de ingresos constante, suficiente y protegido. Los instrumentos de política que se utilizan con más frecuencia son la transferencia de bienes y de recursos financieros a las familias, o el acceso gratuito o preferencial a alimentos.

Por otro lado, como se mencionó, a partir del análisis de las políticas de primera infancia, se constata que los países tienden a distinguir momentos según la etapa del ciclo vital. Y, en cada uno de ellos, varían la participación de los actores institucionales, los modos de intervención y los instrumentos de política empleados. Al hacer foco en las prestaciones (es decir, los bienes, servicios y transferencias), se observa que éstas se distribuyen y articulan a lo largo del tramo que conforma esta etapa del ciclo vital, y que se atiende en forma simultánea a las distintas dimensiones que impulsan el desarrollo de las capacidades de niños y niñas durante este periodo en particular. Estos momentos son el pregestacional, el gestacional, el parto y puerperio, el primer año de vida y el período entre los 45 días a los 4 años e ingreso a educación obligatoria.

Momento pregestacional

Los Estados desarrollan acciones orientadas a ampliar las oportunidades de inclusión social de las mujeres y varones jóvenes a través, fundamentalmente, de la culminación del tramo de escolarización obligatoria, talleres para la promoción de la maternidad y paternidad responsables, y de la salud sexual y reproductiva.

Momento gestacional

La actividad estatal se concentra intensamente en garantizar el derecho a la salud de las personas embarazadas y de los niños y niñas por nacer. En situaciones adversas –distancia geográfica, por ejemplo–, se desarrollan acciones orientadas a garantizar el parto institucionalizado. A través de transferencias monetarias, se busca atender oportunamente situaciones de vulnerabilidad social. Las consejerías estructuradas interdisciplinarias asisten a las mujeres en conflicto con la maternidad. En paralelo, los talleres y consejerías orientadas a las mujeres gestantes, sus parejas y/o acompañantes buscan fortalecer y desarrollar habilidades para la crianza.

Parto y puerperio

La prevención y el control de la salud, y la captación temprana de enfermedades en las madres y los niños o niñas recién nacidos, así como el registro de su identidad, son objetivos destacados entre las intervenciones que desarrollan los Estados durante el parto y el puerperio. Por ello, garantizar que el parto ocurra en establecimientos de salud, atendido por profesionales capacitados en un abordaje humanizado, es central. La atención de las vulnerabilidades sociales, emocionales y el desarrollo de habilidades para la crianza que se iniciaron en etapas previas, continúan. Las licencias parentales constituyen una de las formas en que los Estados protegen el derecho de niños y niñas a recibir cuidados sin que esto implique resignar ingresos.

Primer año de vida

En esta etapa de la cadena prestacional se adicionan servicios para la atención de la salud, el cuidado directo y la educación institucionalizada de niños y niñas. Uno de los objetivos explicitados de estos servicios es facilitar la participación de las madres en actividades que generan ingresos. En casos de abandono, violencia, negligencia u otras formas graves de vulneración de derechos, la restitución del derecho de niños y niñas a vivir en entornos familiares se transforma en prioridad.

De 45 días a 4 años e ingreso a educación obligatoria

Este momento, que se solapa con el anterior, se identifica por la centralidad que gradualmente adquiere el componente educativo dentro de los servicios de atención y educación de la primera infancia (AEPI). En gran parte de los países de la región, los Estados comienzan a ofrecer educación escolarizada. Entre los 3 y 5 años, se establece el inicio del tramo obligatorio de escolarización, que culmina entre los 14 y 17 años según el país.

Más allá de las intervenciones que se definen en cada momento, hay estrategias nacionales que abarcan la atención integral de la primera infancia. En estos países se enfatiza que el acceso de las familias a un flujo constante de ingresos, al trabajo decente, a una vivienda adecuada y a servicios básicos de saneamiento constituyen derechos irrenunciables para garantizar e igualar las oportunidades de niños y niñas a desarrollar todo su potencial. El entramado normativo, orientado a regular el vínculo entre niños, niñas y personas adultas, por ejemplo, para prevenir y penalizar el uso de la violencia como forma de disciplinamiento al interior de las familias o en las escuelas, es otra de las instancias cruciales que sostienen la conformación de un sistema integral para la protección de los derechos de la primera infancia.

A continuación, se presenta un conjunto relevante –pero no exhaustivo– de acciones que dan cuentan de los avances realizados en Costa Rica para dotar de integralidad a la política para la primera infancia y garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos de los niños y niñas pequeños. Las mismas se presentan agrupadas por núcleos de intervención según los momentos del ciclo vital.

 

 

3.3. Evaluación y monitoreo

Se registran diversos avances en la construcción de sistemas de información y evaluación de la política pública para la primera infancia. Muchos países ponen a disposición datos estadísticos e investigaciones, generalmente evaluaciones de impacto de algunos componentes puntuales de sus políticas, memorias, informes de auditoría, estudios sobre temas específicos, solicitados a universidades y organismos nacionales y extranjeros, a través de los cuales cubren, en parte, la demanda de información para el análisis de la situación de la primera infancia y de los esfuerzos que realizan los Estados para garantizar el cumplimiento efectivo de sus derechos.

A continuación, se presenta un conjunto breve de acciones orientadas a fortalecer las decisiones del Estado y su capacidad para sostener la política pública de la primera infancia. Se hace foco en las intervenciones públicas dirigidas a monitorear el diseño y la implementación de la política, y la ampliación de participación ciudadana.

4. Agenda actual de la primera infancia

A partir de la ratificación de la CDN –hace casi tres décadas– Costa Rica ha demostrado amplios esfuerzos por armonizar los principios propuestos por la Convención en su ordenamiento jurídico interno, su institucionalidad y acciones programáticas. En este sentido, la agenda actual de la primera infancia constituye un diálogo permanente de estas tres dimensiones para dotar de integralidad la política pública orientada a niñas y niños pequeños.

Comparando la situación del país con el promedio regional para cada indicador, puede decirse que Costa Rica se caracteriza por presentar una baja proporción de población indígena y un alto porcentaje de población residiendo en áreas urbanas (80,8%). Respecto a los indicadores económicos, el PIB per cápita es algo más alto que el de los países de ingreso medio en la región. El porcentaje de individuos en situación de pobreza es algo más bajo que en el resto de América Latina (16,5%), a la vez que el gasto social en porcentaje del PIB y el índice de desarrollo humano son superiores a la tendencia general. Los indicadores de salud, en términos generales, muestran una mejor performance relativa del país, aunque para los indicadores de “cobertura de atención prenatal”, “bajo peso al nacer” y “lactancia materna exclusiva de menores de 6 meses” se observa un menor desempeño. Los indicadores educativos de la primera infancia muestran a Costa Rica como un país con un desempeño superior al promedio.

Costa Rica ha evidenciado sus esfuerzos en la construcción de un Sistema Integral de Protección de Derechos. Desde la planificación, ha elaborado distintos instrumentos de política pública para orientar la actividad estatal. Entre ellos, la Política Nacional de Atención a la Primera Infancia que define los principales objetivos y estrategias para garantizar los derechos fundamentales de niños y niñas, en la que designa a un consejo de la primera infancia el seguimiento de su implementación. En cuanto a las prestaciones públicas, en particular, las relacionadas al cuidado, atención y educación, se destaca el despliegue de la Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil (REDCUDI), cuya finalidad es establecer un sistema integral de acceso público y universal. Asimismo, se direccionan distintas acciones orientadas a garantizar la atención y control de la salud, la prevención de enfermedades, y la reparación de derechos vulnerados de la infancia.

Asimismo, se destacan avances en el seguimiento y evaluación de las políticas de primera infancia, fundamentalmente en el desarrollo de datos relacionados al gasto en niñez y adolescencia, licitaciones, compras, auditorías y otros relacionados a la transparencia de los organismos estatales.

Uno de los desafíos que enfrenta Costa Rica es lograr la efectiva articulación de las intervenciones que conforman el Sistema Integral de Protección, dado que en muchos casos tienen marcos normativos y reglamentaciones propias de cada uno de los organismos que lo dificultan. En este sentido, resulta pertinente además reforzar las intervenciones para las niñeces históricamente vulneradas: en situación de pobreza, indígenas, con discapacidades y aquellas que atraviesan distintas situaciones de violencia.

 

  Finalmente, el principal desafío que prevalece en América Latina es la alta desigualdad social y de carácter estructural que prima en los países. Una desigualdad social elevada genera condiciones extremadamente desfavorables para efectivizar los derechos de la primera infancia. La carencia persistente de ingresos se encuentra sobrerrepresentada en los grupos sociales históricamente rezagados –población indígena, afrodescendiente, que reside en áreas rurales, en la población migrante, entre otras– y se inscribe frecuentemente en procesos históricos de acumulación intergeneracional de desventajas sociales que generan condiciones que no contribuyen en la apropiación de los beneficios potenciales que supone acceder a los bienes y servicios públicos. El beneficio social se diluye si no se resuelve la base estructural de redistribución social de la riqueza. Promover una mayor igualdad social implica no solo impulsar un crecimiento y desarrollo sostenible sobre bases más sólidas, sino también contribuir a la realización de los derechos sociales, económicos y culturales de las personas durante todo su ciclo vital.  

 

 

5. Notas al pie

[1] La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN) es el tratado internacional al que más países han adherido, 196 países incluidos los 19 latinoamericanos lo han ratificado. Constituye el primer tratado internacional de derechos humanos que sitúa a los niños y niñas como sus titulares directos. Desde el momento de su ratificación, los Estados asumen la obligación de garantizar los principios y derechos contenidos en el instrumento jurídico.

 

[2] Después de la aprobación de un tratado de derechos humanos se suelen añadir “protocolos facultativos”, mecanismos jurídicos que complementan y añaden provisiones al tratado. Un protocolo es “facultativo” porque no vincula automáticamente a los Estados que ya han ratificado el tratado original. Estas obligaciones en el protocolo son adicionales y pueden ser más exigentes que las que aparecían en la Convención original, por lo que los Estados deben escoger de manera independiente si quieren vincularse o no al protocolo. Su objetivo es profundizar sobre algunas cuestiones o temas que ya existían en el tratado original, abordar una preocupación nueva o añadir algún procedimiento para su aplicación. En definitiva, amplían las obligaciones del tratado original (UNICEF).

 

[3] Los instrumentos internacionales de derechos humanos como la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos se negocian entre los Estados miembros de las Naciones Unidas y son jurídicamente vinculantes para cada uno de los Estados que sean parte del instrumento. Hay dos maneras en que un Estado puede llegar a ser parte: mediante la firma y ratificación o mediante la adhesión.

Al ratificar la Convención o un Protocolo Facultativo, un Estado acepta la obligación de respetar, proteger, promover o satisfacer los derechos enumerados, incluida la adopción o el cambio de leyes y políticas que pongan en vigor las disposiciones de la Convención o Protocolo. La Convención considera que todos los derechos de la infancia tienen la misma importancia. No existe ningún derecho "menor", ni ninguna jerarquía entre los derechos humanos. Estos derechos son indivisibles y están mutuamente relacionados, y se centran en todos los aspectos del niño. Las decisiones de los gobiernos con respecto a cualquiera de los derechos deben hacerse a la luz de los otros derechos de la Convención (UNICEF).