Ley N° 285/2004. Ley General de Migración
Poder Legislativo
La presente ley ordena y regula los flujos migratorios en el territorio nacional, tanto en lo referente a la entrada, la permanencia y la salida, como a la inmigración, la emigración y el retorno de los nacionales. La presencia de los extranjeros en territorio nacional se regula con la finalidad de que todos tengan que estar bajo condición de legalidad en el país, siempre que califiquen para ingresar o permanecer en el mismo, para quienes la autoridad competente expedirá un documento que le acredite tal condición bajo una categoría migratoria definida en esta ley, cuyo porte será obligatorio. Los extranjeros ilegales serán excluidos del territorio nacional bajo las normativas de esta ley. La inmigración se planifica, de tal modo que sea controlada a fin de incorporar los recursos humanos que requiera el desarrollo del país. El Estado dominicano mantiene y fortalece los vínculos con sus nacionales en el exterior, promoviendo políticas de retorno