Ley N° 46/2013. Ley General de Adopciones de la República de Panamá
Asamblea Nacional
Esta Ley se aplicará para la adopción de personas menores de edad que han sido declaradas en estado de adaptabilidad previa resolución judicial. Se incluyen a los menores de edad que estén próximos a cumplir la mayoría de edad durante el trámite. Corresponderá al Estado la obligación de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el proceso de adopción, garantizando el pleno goce de estos, especialmente para evitar su sustracción, venta y trata, así como cualquiera forma de explotación o abuso. Cuando no exista alternativa familiar, el Estado a través de la autoridad competente delegará de manera temporal las obligaciones derivadas del ejercicio de la guarda, así como la representación legal y la administración de bienes de los niños, niñas y adolescentes en las familias acogentes mientras se restablece el derecho a la convivencia familiar.