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Construir la paz en la mente de los hombres y de las mujeres

Informe de la Directora General sobre la Seguridad de los Periodistas y el Peligro de la Impunidad

Metodología

Un paso importante para hacer frente a la gran cantidad de asesinatos de periodistas es combatir la impunidad, que perpetúa el ciclo de violencia contra los periodistas y amedrenta a la sociedad.  Una de las características que distinguen al Informe de la Directora General de la UNESCO para acabar con este ciclo es su monitoreo sobre el estado de las investigaciones judiciales de los asesinatos de periodistas.
 
Las solicitudes de información de la Directora General sobre el estado del seguimiento judicial de los asesinatos de periodistas condenados por la UNESCO se envían anualmente a los Estados Miembros. El informe esta basado en las respuestas de los Estados Miembros, las cuales son provistas de manera voluntaria. 

Asesinatos Registrados

El término "periodista" en este informe comprende "periodistas, trabajadores de los medios de comunicación y productores de medios sociales que generan un volumen importante de actividad periodística de interés público", de acuerdo con la decisión del PIDC relativa a la seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad adoptada por el Consejo del PIDC en 2014
 
Los casos de asesinatos son identificados a través de reportes de distintas fuentes que incluyen: grupos de monitoreo internacionales, regionales y locales, las Oficinas País de la UNESCO y las Delegaciones Permanentes de los Estados Miembros en la UNESCO, así como otros órganos de Naciones Unidas. 

Estado de las Investigaciones

En el 2016, 41* de los 62 Países Miembros en los cuales ocurrieron asesinatos de periodistas dispusieron una respuesta a la petición efectuada por la Directora General acerca del estado de las investigaciones llevadas a cabo en cada uno de los asesinatos condenados por la UNESCO. Para el propósito de este Informe esta información ha sido clasificada de la siguiente manera: 

  • No información recibida

La categoría es usada si el Estado Miembro nunca ha provisto información a la UNESCO sobre el estado de la investigación, en el presente año o en los anteriores. La Directora General de la UNESCO continua con la petición de información en estos casos. 
 
En algunos casos, el Estado Miembro acusa recibo de la información comunicando a la Directora General de la UNESCO que la petición ha sido enviada a las autoridades nacionales competentes sin especificar información sobre el estado de la investigación judicial. En dicho caso, la Directora General de la UNESCO continua con la petición de información.
  • En proceso o No resuelto

El estado de la investigación es considerado “en proceso o no resuelto” si el Estado Miembro ha respondido a la Directora General de la UNESCO con la siguiente información respecto al caso: 
 
a. El caso está siendo actualmente investigado por la agencia encargada de cumplir la ley o la autoridad competente.
b. El caso ha sido tomado por el sistema de justicia, pero el veredicto final no ha sido alcanzado o el(los) sospecho(s) no ha sido sentenciado(s).
c. El Tribunal de Justicia exonera al(los) perpetrador(es) sospechoso(s) del crimen (por ejemplo, como consecuencia de la falta o alteración de evidencia)
d. El Tribunal de Justicia decide archivar el caso o se considera incapaz de ser procesado por el sistema judicial (por ejemplo debido a las normas de prescripción)
 
En dicho caso, la Directora General de la UNESCO continua con la petición de información, excepto si el caso es archivado.
  • Resuelto

Un caso es considerado como “Resuelto” si el Estado Miembro ha provisto a la Directora General de la UNESCO una o varias de las siguientes respuestas respecto al estado de la investigación:
 
a. El(los) perpetrador(es) del crimen ha sido juzgado y condenado por un tribunal de justicia.
b. El(los) sospechoso(s) perpetrador(es) del crimen muere antes de que el caso sea llevado a corte o sea concluido.
c. El proceso judicial revela que el asesinato del periodista no estuvo relacionado con el ejercicio de su profesión.

* La respuesta de Burundi fue recibida demasiado tarde para incluirla en el Informe 2016 de la Directora General.
Todas las respuestas que los Estados Miembros han convenido publicar  y las declaraciones de condena de la Directora General de la UNESCO pueden ser consultadas en el sitio: UNESCO Condena los Asesinatos de Periodistas (disponible en inglés y francés)