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Libertad de información en América Latina y el Caribe

La región de América Latina y el Caribe ha sido testigo en el último decenio de la adopción de leyes de libertad de información en un impresionante número de países.

En la actualidad, 19 países de América Latina y el Caribe tienen leyes nacionales de libertad de información: Antigua y Barbuda (2004); Belice (1994);Brasil (2011)Colombia (1985); Chile (2008); República  Dominicana (2004); Ecuador (2004); El Salvador (2011)Guatemala (2008); Guyana (2013); Honduras (2006); Jamaica (2002); México (2002); Nicaragua (2007); Panamá (2002); Perú (2002); San Vicente y las Granadinas (2003) y Trinidad y Tobago (1999). Se ha promulgado un decreto presidencial sobre la libertad de información en la Argentina (2003).

Esos adelantos se han ido afirmando en los países y han ido articulando un robusto marco jurídico regional, y, con el curso de los años, se han creado normas jurídicas sólidas relativas al derecho a la libertad de información, fomentando así la adopción de leyes de libertad de información en un número cada vez mayor de países que se caracterizan por una sociedad civil que defiende firmemente ese derecho.

El derecho a la libertad de información como parte del derecho a la libertad de expresión fue reconocido en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, así como en la Declaración de Chapultepec de 1994. En 1997 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) creó la Oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión, que ha apoyado firmemente la libertad de información. La Comisión también aprobó la Declaración Interamericana de Principios sobre Libertad de Expresión (2000), que reafirma ese apoyo. Más recientemente la OEA ha facilitado la elaboración de una ley modelo interamericana de libertad de información. En 2006 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia en la que se exponía que la garantía general de libertad de expresión consagrada en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos protege el derecho de toda persona a tener acceso a la información en poder del Estado, abarcando la obligación positiva del Estado de entregarla, sin necesidad de que el solicitante deba “acreditar un interés directo para su obtención o una afectación personal, salvo en los casos en que se aplique una legítima restricción” (Caso de Claude Reyes y otros c. Chile). Esa decisión supuso el primer fallo de un tribunal internacional que reconoció la libertad de información. Además, en diciembre de 2010 la Corte Interamericana emitió otra sentencia histórica al dictaminar que se había vulnerado la libertad de información y esbozar directrices importantes sobre el acceso a la información en relación con las violaciones de los derechos humanos (Caso de Gomes Lund c. Brasil).

A pesar de que en el frente legal la tendencia ha sido progresiva a nivel nacional y regional, la experiencia de América Latina y el Caribe también sirve para ilustrar las dificultades con que se encuentra la aplicación de la legislación sobre libertad de información, entre ellas el establecimiento de mecanismos adecuados que permitan el acceso a la información de manera oportuna, la promoción de un cambio cultural hacia la transparencia entre los funcionarios públicos y el fomento de la demanda pública de información.

Si desean consultar cómo promueve la UNESCO el intercambio de conocimientos sobre la libertad de información en América Latina y el Caribe y cómo apoya la Organización a los países de la región para hacer frente a los desafíos relacionados con la libertad de información, consulten la información que figura a continuación y la sección de noticias relacionadas.

El Derecho a la Información en América Latina: Comparación Jurídica

En este estudio jurídico, publicado por la Oficina de la UNESCO en Quito, se comparan las distintas leyes en vigor relativas al derecho a la información en 11 países de América Latina: Chile, Colombia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú y Uruguay. >> Más información

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