Decreto Ley Nº 339/2016. De la Maternidad de la Trabajadora
Consejo de Estado
Concede derechos a ambos padres trabajadores del sector estatal para propiciar la responsabilidad en el cuidado y atención de los hijos menores de edad, asegurando a la madre atención médica durante el embarazo, el descanso pre y posnatal y la lactancia materna y, a ambos padres, el cuidado del menor; en caso de fallecimiento de la madre, establece una protección al padre trabajador u otro familiar tutor; y dispone un tratamiento diferenciado cuando el menor lo requiera.