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Orden de las intervenciones
El Presidente dará la palabra a los oradores por el orden en que la hayan pedido. (Artículo 31)

Limitación de la duración de las intervenciones
El Consejo podrá limitar la duración de las intervenciones de los oradores. (Artículo 32)

Cierre de la lista de oradores
En el curso de los debates, el Presidente podrá dar lectura a la lista de los oradores inscritos y, con el asentimiento del Consejo, declarar cerrada esa lista. No obstante, el Presidente podrá autorizar a cualquier Miembro a hacer uso del derecho de réplica si así resulta conveniente como consecuencia de un discurso pronunciado después de cerrada la lista. (Artículo 33)

Texto de las propuestas
A petición de un Miembro, secundado por otros dos, podrá suspenderse el examen de cualquier moción, resolución o enmienda de fondo, hasta tanto no se haya distribuido el texto a todos los Miembros presentes en las lenguas de trabajo. (Artículo 34)

Decisiones que impliquen gastos
El Consejo Ejecutivo no tomará ninguna decisión que implique gastos, a menos que se le haya presentado un informe del Director General sobre las consecuencias administrativas y financieras de la propuesta. (Artículo 34A)

Retirada de las propuestas
El autor de una propuesta podrá retirarla en cualquier momento, antes de que sea sometida a votación y siempre que no haya sido enmendada. Toda propuesta retirada podrá ser presentada de nuevo por otro Miembro. (Artículo 35)