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Republica Dominicana

© Mankind Film / CC0

Políticas y normativa

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Contenido

Fecha de actualización: diciembre de 2020

1. Resumen del marco normativo y estructura del sistema educativo nacional

2. Compromisos y obligaciones del Estado como garante del derecho a la educación

Cuando los Estados firman un tratado de derechos humanos, asumen la voluntad y el compromiso de crear las condiciones necesarias para transformar la situación en el sentido que allí se propone. El instrumento jurídico fija los principios de un nuevo pacto, que debieran guiar el horizonte de la política pública, dotar de sentido y legitimidad a las acciones que los Estados orienten para su cumplimiento efectivo.

En el marco del derecho, existen básicamente dos tipos de compromisos: aquellos que los Estados asumen en el ámbito internacional al ratificar instrumentos jurídicos regionales e internacionales, y los de alcance nacional, que se expresan generalmente en las leyes nacionales de educación. En el proceso de efectivización del derecho a la educación, los países avanzan en la armonización jurídica acorde a los compromisos asumidos y en la definición de un marco conceptual común desde donde interpretar las decisiones y las acciones que se lleven adelante. Es a partir del diseño y la formulación de planes, estrategias o políticas de gran alcance que los Estados direccionan y conducen las acciones orientadas a garantizar que todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes accedan y transiten la escuela, se gradúen e incorporen aprendizajes significativos.

El propósito de este documento es ofrecer información para dar cuenta de los avances de los Estados latinoamericanos en garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación.

2.1. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito internacional

Los instrumentos jurídicos de carácter internacional determinan los deberes y las obligaciones de los Estados en cuestiones relativas al respeto, la protección y el cumplimiento del derecho a la educación. El derecho internacional distingue entre instrumentos jurídicos vinculantes y no vinculantes. Los instrumentos vinculantes (principales convenciones y tratados) son aquellos a los que los Estados dan su consentimiento en obligarse legalmente –mediante su ratificación o adhesión– y, por lo tanto, asumen el compromiso de adecuar su normativa interna a los estándares internacionales. Por su parte, aquellos que no tienen carácter jurídicamente vinculante aportan una gran autoridad política y moral; a modo de ejemplo, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Si bien los ODS no revisten obligatoriedad, las acciones que los países orienten para su implementación permiten vehiculizar el cumplimiento efectivo del derecho a la educación.

República Dominicana ratificó y adhirió a diferentes instrumentos jurídicos que ayudaron a la conformación de un cuerpo normativo relevante. Entre ellos se destacan: la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.

A través del Decreto N° 23 de 2016 se crea la Comisión Interinstitucional de Alto Nivel para el Desarrollo Sostenible, con el mandato de trazar la ruta para la efectiva implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, a fin de que las entidades ejecutoras de políticas públicas establezcan vías de implementación de la Agenda, adecuadas con la estrategia nacional de desarrollo. La coordinación está en manos del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, y la conforman ese ministerio, la Presidencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Industria y Comercio, el Ministerio de Energía y Minas, el Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales, la Oficina Nacional de Estadísticas, el Consejo Nacional para el Cambio Climático y el Mecanismo de Desarrollo Limpio, y representantes de la sociedad civil. El Decreto N° 26 del año 2017 extiende la vigencia de la comisión y adiciona actores institucionales, entre los que se encuentran el Ministerio de Educación y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, entre otros.

2.2. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito nacional

Los Estados asumen compromisos y obligaciones a nivel internacional que adecúan normativamente al interior de sus ordenamientos jurídicos. Dentro de este compendio, la constitución expresa la protección más alta del derecho a la educación. Su texto funciona como marco para las leyes nacionales y las políticas públicas. Asimismo, las leyes generales de educación amplían las obligaciones del Estado respecto a este derecho, definen y distribuyen las responsabilidades relativas a la dinámica del funcionamiento de los sistemas educativos, su ordenamiento y estructura.

La Constitución Política de República Dominicana alude al derecho a la educación integral, de calidad, permanente y en igualdad de condiciones y oportunidades. Señala además la obligatoriedad del nivel inicial básico y medio, y la obligación del Estado de propender a la profesionalización, estabilidad y dignificación de los docentes.

El segundo eje estratégico de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 postula la construcción de una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades, y entre los objetivos para lograrla se señalan la educación de calidad y la cultura e identidad nacional en un mundo global.

Específicamente, la Ley General de Educación regula todos los componentes del sistema educativo, a excepción de la educación superior, regida por la Ley N° 139.

2.3. Planificación de la educación

Una de las formas de vincular la dimensión jurídica con las acciones programáticas es mediante los ejercicios de planificación. A través de los planes, los Estados legitiman, establecen prioridades y orientan el trabajo de los actores encargados de coordinar, ejecutar y monitorear las acciones destinadas a garantizar el derecho a la educación. En estos planes también suelen señalarse los enfoques y principios rectores que los guían.

En la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, República Dominicana se propone implantar y garantizar un sistema educativo nacional de calidad, que capacite para el aprendizaje continuo a lo largo de la vida, propicie el desarrollo humano y un ejercicio progresivo de ciudadanía responsable, en el marco de valores morales y principios éticos consistentes con el desarrollo sostenible y la equidad de género. Para lograrlo, algunas de las principales líneas de acción son: impulsar la modernización institucional; fortalecer la formación, profesionalización y capacitación de los docentes; mejorar la enseñanza de las ciencias, tecnologías de la información y la comunicación, y las lenguas como vía para insertarse en la sociedad del conocimiento. Otro de los objetivos es universalizar la educación desde el nivel inicial hasta el nivel medio, incluyendo niños y niñas sin documentación. Para su cumplimiento el Estado se propone: proveer infraestructura, recursos pedagógicos, tecnológicos y personal docente; brindar apoyo especial a estudiantes con dificultades de aprendizaje o discapacidad; y diversificar la oferta educativa, incluyendo la educación técnico profesional y la escolarización de personas adultas, con el fin de responder a los distintos grupos poblacionales.

El plan estratégico del Ministerio de Educación está alineado con la estrategia de desarrollo mencionada anteriormente, con los ODS, con el Pacto para la Reforma Educativa 2030 y con la Política Educativa Centroamericana (PEC). En consecuencia, los retos propuestos son lograr una educación de calidad; garantizar la inclusión educativa; asegurar la permanencia y culminación de las trayectorias educativas; mejorar la formación y el desempeño docente; reforzar la cobertura de nivel inicial y secundario; y hacer eficiente la gestión del ministerio en todos sus niveles.

3. Caracterización de la política educativa nacional

Este apartado hace foco en el conjunto de acciones que el Estado está orientando para garantizar el derecho a la educación. La caracterización de la política educativa se abordará desde tres dimensiones. En primer lugar, se describirá la estructura y el tamaño del sistema educativo. En segundo lugar, se buscará indagar y caracterizar el conjunto de intervenciones a través de las cuales se busca mantener el sistema educativo en funcionamiento. Este análisis se realizará haciendo foco en: 1) currículo y modelos de gestión institucional; 2) docentes; 3) infraestructura, tecnología y equipamiento; 4) transferencias de bienes y recursos financieros con el fin de fortalecer el sostenimiento de las trayectorias escolares. Finalmente, se buscará dar cuenta del gobierno del sistema, tanto en sus arreglos organizativos e institucionales como en el financiamiento de la política educativa, y los sistemas de información, seguimiento y rendición de cuentas.

3.1. Estructura del sistema educativo nacional

El sistema educativo de la República Dominicana se estructura en torno a cuatro niveles: inicial, básico, medio y superior (Ley General de Educación sancionada en 1997 y ordenanzas expedidas por el Consejo Nacional de Educación, promulgadas entre 2013 y 2017). Contempla la educación formal, no formal e informal. Comprende dos subsistemas: el de educación especial y el de educación de personas adultas, el cual incluye a la educación vocacional laboral. El nivel de educación superior se rige por la Ley de Educación Superior, Ciencia y Tecnología Nº 139, sancionada en 2001.

La educación formal es un proceso integral correlacionado. Abarca desde el nivel inicial hasta el superior, conlleva una intención deliberada y sistemática, que se concreta en un currículo oficial, aplicado en un calendario y horario definidos.

La educación no formal promueve la apropiación de conocimientos, actitudes y destrezas. Se basa en un calendario flexible. La duración de los niveles educativos es variable y se utilizan diversos medios para el desarrollo de los aprendizajes.

La educación informal es un proceso continuo y espontáneo que se da fuera del marco formal y no formal. El sistema la reconoce y la utiliza como parte de sus actividades.

La acreditación de los conocimientos, destrezas y habilidades adquiridos de manera formal, no formal e informal está regulada por el Consejo Nacional de Educación.

El subsistema de educación especial está orientado a niños, niñas y jóvenes que poseen discapacidades o características excepcionales.

El subsistema de educación de adultos está orientado a las personas mayores de 14 años con escolaridad inconclusa. Se ofrece alfabetización, educación básica en modalidad acelerada durante un período no menor de cuatro años y formación en educación media para las personas que han cursado y aprobado la educación básica. Además, se brinda capacitación profesional. La estructura curricular es de carácter modular y flexible. La Ordenanza N° 1 de 2018 establece el marco del diseño curricular revisado y actualizado para la educación básica, del subsistema de educación de personas jóvenes y adultas. La educación vocacional laboral se incluye en este subsistema y ofrece capacidades para ejercer un trabajo productivo.

La educación técnico profesional tiene como base la Ordenanza N° 1 de 1995, que establece la modalidad en la educación media, ofreciendo diferentes títulos, organizados en el Catálogo Nacional de Títulos de Educación Técnico Profesional, que se estructura en familias profesionales y niveles. La educación técnico profesional, conjuntamente con la formación técnico profesional, que brinda y regula el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), y la educación de técnico superior, que regula el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, son los ejes formativos para insertarse en el mercado laboral.

El título VI de la Ley de Educación se dedica a normar la profesionalización, el estatuto y la carrera docente, y establece la creación del Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio, órgano descentralizado adscrito al Ministerio de Educación, que tiene como función coordinar la oferta de formación, capacitación, actualización y perfeccionamiento del personal de educación en el ámbito nacional. Asimismo, en la citada ley se crea el Tribunal de la Carrera Docente, que funcionará a nivel regional y nacional como órgano encargado de dirigir los conflictos y apelaciones que tengan que ver con los deberes y derechos del personal docente. Otro órgano establecido en esta norma es el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA), con el fin de coordinar un sistema integrado de servicios de seguridad social y mejoramiento de la calidad de vida del personal de educación. Posteriormente, la Ley N° 451 de 2008 introduce modificaciones para actualizar las atribuciones del INABIMA en lo que se refiere a la gestión del Programa de Pensiones y Jubilaciones del Personal Docente.

a. Educación inicial

La Ley General de Educación sancionada en 1997, la Ordenanza N° 3 de 2013 y la Ordenanza N° 1 de 2015, expedidas por el Consejo Nacional de Educación, diferencian dos ciclos educativos destinados a niños y niñas de 0 a 5 años. El primero abarca de 0 a 3 años. Está compuesto por tres grados: maternal (desde los 45 días hasta los 11 meses), infantes (1 año) y párvulos (2 años). El segundo ciclo abarca de 3 a 5 años. Está compuesto por tres grados: prekínder (3 años), kínder (4 años) y preprimario (5 años). El preprimario es obligatorio.

Entre las funciones de este nivel, señaladas por la Ley de Educación, se destacan contribuir al desarrollo físico, motriz, psíquico, cognitivo, afectivo, social, ético, estético y espiritual; incentivar la capacidad de comunicación y las relaciones con las demás personas; promover el desenvolvimiento de las potencialidades y capacidades de los estudiantes; y preparar para la educación básica. De acuerdo a la Ordenanza N° 1 de 2015, que establece el currículo revisado, actualizado y validado para la educación inicial pública y privada, éste se estructura en función de siete competencias fundamentales: ética y ciudadana; comunicativa; pensamiento lógico, creativo y crítico; resolución de problemas; científica y tecnológica; ambiental y de la salud; y desarrollo personal y espiritual.

b. Educación primaria

El nivel primario está orientado a niños y niñas de 6 a 11 años. Se divide en dos ciclos de tres años cada uno. Es obligatorio y gratuito. Se ofrece en jornada extendida en establecimientos educativos de gestión estatal y de gestión privada.

El nivel básico tiene como funciones: promover el desarrollo integral del educando, en las distintas dimensiones intelectuales, socioafectivas y motrices; proporcionar la formación indispensable para desenvolverse satisfactoriamente en la sociedad y ejercer una ciudadanía consciente, responsable y participativa en el marco de una dimensión ética; desarrollar actitudes y destrezas para el trabajo; entre otras.

La Ordenanza N° 2 de 2015 establece el currículo para la educación primaria pública y privada y señala, entre los fundamentos del mismo, el aprendizaje significativo, la funcionalidad del aprendizaje y la integración de conocimientos desde las distintas disciplinas.

c. Educación secundaria

El nivel secundario está orientado a adolescentes de entre 12 y 17 años. Se divide en dos ciclos de tres años cada uno. Es obligatorio y gratuito. Se ofrece en jornada regular y extendida, en establecimientos educativos de gestión estatal y privada.

El primer ciclo es común a todos los estudiantes. El segundo ciclo o ciclo especializado comprende tres modalidades: general, técnico profesional y artes. Las tres habilitan la continuidad educativa hacia el nivel superior.

La modalidad general o académica proporciona una formación integral mediante el progresivo desarrollo de la personalidad y la apropiación de nuevos y más profundos conocimientos, que permitan a los estudiantes afianzar las bases para ingresar al nivel superior e interactuar responsablemente en la sociedad. La Ordenanza N° 22 de 2017 establece el proceso de validación del diseño curricular de este nivel, en el cual se señala que las opciones de la modalidad académica son Humanidades y Ciencias Sociales, Humanidades y Lenguas Modernas, Ciencia y Tecnología, y Matemática y Tecnología.

La modalidad técnico profesional permite a los estudiantes obtener una formación general y profesional para integrarse a la actividad productiva o continuar estudios superiores.

La modalidad en artes contribuye a la formación de personas con sensibilidad y actitud crítica en la comprensión, el disfrute y la promoción del arte, ofreciendo oportunidades para el desarrollo de competencias vinculadas al ejercicio de profesiones y ocupaciones en el campo del arte o para proseguir estudios especializados.

e. Educación superior

La educación superior se rige por la Ley N° 139 de 2001 y está orientada a jóvenes que culminaron sus estudios de nivel secundario. Se ofrecen tres niveles de educación superior: técnico (técnico superior, tecnólogo y profesorado), de grado (licenciatura) y de posgrado (especialización, maestría y doctorado). El Consejo Nacional de Educación Superior de Ciencia y Tecnología es el organismo encargado de validar la oferta académica de nivel superior y los títulos que expiden las instituciones educativas de nivel superior.

Se ofrece educación superior en las instituciones técnicas de estudios superiores, en las instituciones especializadas de estudios superiores y en las universidades. Estas instituciones pueden ser gestionadas por el Estado o por privados. En términos de instituciones de educación superior hubo un fuerte crecimiento. En el período 1950 a 1960 solo existía la Universidad Santo Domingo y, para 2010, se registraban más de cuarenta. 

Además de los aspectos estructurales, una parte de la caracterización de la política educativa consiste en el dimensionamiento del tamaño del sistema educativo. En este sentido, según los datos de la Oficina Nacional de Estadística (ONE), a 2018 había 2.736.697 de estudiantes. En nivel inicial se encontraban 322.870 estudiantes, en el primario 1.226.414, en el secundario 924.714 y en la educación de personas adultas 262.699. En el nivel superior la matrícula fue ascendiendo en los últimos años, siendo a 2014 (último dato disponible) de 455.822 estudiantes, matrícula compuesta en más del 60% por mujeres.

A 2015, el país contaba con 11.843 instituciones educativas: 7241 públicas, 433 privadas y 269 semioficiales.

Los últimos datos disponibles en el Instituto de Estadística de la UNESCO (UIS) indican que a 2018 había 15.837 docentes en preprimario y 64.810 en primaria. Para el nivel secundario los datos son de 2015, registrando 16.641 docentes para el primer ciclo y 25.430 para el segundo.

3.2. Política educativa nacional

La política educativa está conformada por un conjunto de bienes, servicios y transferencias que los Estados movilizan para garantizar el derecho a la educación. El acceso, la permanencia, la adquisición de aprendizajes y la culminación del tramo escolar de los estudiantes dependen en gran medida de los recursos que los Estados orientan para garantizarlos. Estos recursos se concentran en –al menos– cuatro focos.

• Currículo y modelos de gestión: comprende todas las acciones orientadas a definir los contenidos de la educación, los materiales didácticos, los modelos de gestión institucional y la dinámica en que se inscriben los procesos de enseñanza y aprendizaje.

• Infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología en las escuelas: acciones dirigidas a mantener, ampliar, rehabilitar, equipar y dotar de tecnología a la red de servicios educativos.

• Docentes: una gran parte de los recursos que orientan los Estados se destinan a formar, evaluar, acreditar y sostener el ejercicio de la docencia. Estas acciones consisten en: formación inicial, formación continua, carrera docente y aseguramiento de las condiciones básicas para el desarrollo del trabajo.

• Fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes: se trata de las acciones de fortalecimiento de la demanda educativa. Dentro del conjunto de las experiencias agrupadas en este foco, se destacan las que se apoyan en la transferencia directa de recursos financieros y de bienes (alimentos, textos escolares, uniformes, entre otros) hacia las familias, a niños, niñas y adolescentes escolarizados o, incluso, hacia los responsables de la gestión de los establecimientos educativos.

A modo de síntesis, y sin pretensión de exhaustividad, se pueden señalar las siguientes observaciones.

En el foco currículo y modelos de gestión cobran relevancia las actualizaciones curriculares y la jornada escolar extendida, política que pretende cumplir con la educación de calidad y pertinencia que se postula en los documentos de planificación. Otra estrategia destacable en este foco es la instalación de la cultura de paz y convivencia pacífica en las instituciones educativas.

En el foco infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología es destacable el anuncio del Ministro de Educación Roberto Fulcar en la presentación del Plan de Educación 2020-2021, de dotación de equipos para docentes y estudiantes. Si bien se produce en el marco de la pandemia de COVID-19 y frente a la imposibilidad de presencialidad en las instituciones educativas, el sentido de la acción es reducir las brechas socioeconómicas, que se traducen en acceso diferencial a tecnología e internet e impactan en la educación de niñas, niños y adolescentes.

Los recursos orientados al foco docentes se enmarcan en la capacitación continua, que en consecuencia con lo señalado en el foco anterior se desarrollará prioritariamente en tecnologías y su adaptación pedagógica.

Las acciones del foco fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes muestran un amplio abanico de iniciativas tanto del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE) como del Ministerio de Educación, para poder fortalecer las trayectorias educativas de los estudiantes con desventajas socioeconómicas. También son destacables las acciones del Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, principalmente a través de becas, para ampliar la cobertura de la educación superior.

3.3. El gobierno del sistema educativo

El gobierno del sistema educativo se compone por el conjunto de disposiciones legales y procedimientos que establecen, distribuyen y regulan las responsabilidades de los organismos y actores en distintos aspectos que inciden en el funcionamiento global del sistema. De acuerdo a la perspectiva de este documento, se abordará desde tres dimensiones: a) la organización y el modelo de gestión de la educación; b) el financiamiento de la política educativa; c) los sistemas de información y evaluación.

3.3.1 La organización y el modelo de gestión de la educación

El Consejo Nacional de Educación es el máximo organismo de decisión en materia de política educativa. Está encargado de establecer la orientación general de la educación dominicana en sus niveles de competencia, y de garantizar la unidad de acción entre las instituciones públicas y privadas que realizan funciones educativas.

El Ministerio de Educación es el organismo público dependiente del Poder Ejecutivo responsable de administrar y orientar el sistema educativo, así como de aplicar o ejecutar todas las disposiciones constitucionales de la Ley General de Educación y otras leyes en la materia. Según establece su Reglamento Orgánico, es el vínculo entre el Poder Ejecutivo y las instituciones de educativas públicas y privadas, ya sean nacionales, internacionales o descentralizadas. En dicho reglamento se establecen las funciones de cada uno de los organismos que lo componen. En su estructura organizativa, se encuentran, entre otras dependencias, la Oficina Nacional de Planificación y Desarrollo Educativo; la Oficina Nacional de Supervisión, Evaluación y Control de la Calidad; el Viceministerio de Apoyo Administrativo; el Viceministerio de Servicio Técnico Pedagógico.

Se crean las Juntas Regionales, Distritales y de Centro Educativo como órganos descentralizados de gestión educativa, que tendrán como función velar por la aplicación de las políticas educativas emanadas del Consejo Nacional de Educación y del Ministerio de Educación en su propio ámbito y competencia.

Por otra parte, el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología es el órgano del Poder Ejecutivo encargado de fomentar, reglamentar y administrar el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. Vela por la ejecución de todas las disposiciones de la Ley N° 139 y de las políticas emanadas del Poder Ejecutivo. Entre sus funciones, se destacan abogar por la calidad de la educación superior, y el desarrollo de la investigación científica y tecnológica; y autorizar la apertura o el cierre de instituciones pertenecientes al sistema. Los viceministerios que lo componen son el de Educación Superior, el de Ciencia y Tecnología, el Administrativo Financiero, el de Relaciones Internacionales, el de Evaluación y Acreditación, el de Extensión y el de Emprendimiento. El Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología es el órgano rector en este nivel.

El Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP) es el organismo rector del sistema nacional de formación técnico profesional. Es una organización autónoma del Estado, investida de personalidad jurídica, de carácter no lucrativo y patrimonio propio, dirigida por una junta de directores de estructura tripartita, integrada por los sectores oficial, empresarial y laboral, y administrada por una dirección general.

El Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE) es un organismo descentralizado, adscrito al Ministerio de Educación y creado (según el artículo N° 177 de la Ley General de Educación) con la finalidad de promover, entre los estudiantes del sector público, a nivel nacional, los servicios de transporte, nutrición escolar y salud; uniformes y útiles; clubes científicos, tecnológicos y de artes; becas e intercambios de trabajo social; turismo estudiantil, trabajo remunerado en vacaciones; y gobierno estudiantil.

3.3.2 El financiamiento de la política educativa

El artículo 69 de la Constitución de la República Dominicana establece que la inversión del Estado en la educación, la ciencia y la tecnología deberá ser creciente y sostenida, en correspondencia con los niveles de desempeño macroeconómico del país.

La Ley General de Educación, en el título X, establece que el gasto público anual en educación debe alcanzar, en un período de dos años a partir de la promulgación la misma (1997), un mínimo del 16% del gasto público total o un 4% del Producto Bruto Interno (PBI) estimado para el año corriente, escogiéndose el que fuere mayor de los dos. Posteriormente, esos valores deberán ser ajustados anualmente en una proporción no menor a la tasa anual de inflación.

La mayor parte del gasto educativo es centralizado. A través del Ministerio de Educación Nacional se contratan y se adquieren los bienes y servicios que luego son distribuidos a las escuelas. Otra parte del presupuesto se asigna a las Juntas Regionales y Distritales, con destino a los centros educativos, para apoyo pedagógico, mantenimiento de infraestructura y gasto administrativo. La transferencia de recursos a estas juntas se calcula a partir de un gasto anual descentralizado estándar por estudiante y la matrícula del centro educativo para el cual opera la junta. Las normas que rigen esos fondos son el Reglamento General para el Funcionamiento de las Juntas Descentralizadas (Ordenanza N° 2 de 2008) y la Resolución N° 0668 de 2011, que pone en funcionamiento el instructivo para el manejo de los fondos transferidos.

3.3.3 Sistemas de información y evaluación

La Oficina Nacional de Estadísticas (ONE) es el organismo encargado de producir las estadísticas del país. Datos.gob.do es el portal oficial de datos abiertos, cuyo objetivo es hacer que la información del gobierno sea más fácil de encontrar y utilizar.

La Ley General de Educación establece un sistema nacional de evaluación de la calidad de la educación como el medio para determinar la eficiencia y la eficacia global del sistema educativo. La Dirección de la Evaluación de la Calidad del Ministerio de Educación es el organismo responsable de las pruebas de evaluación nacionales e internacionales. Entre las primeras se destacan las evaluaciones diagnósticas nacionales a tercer y sexto grado de educación primaria y al primer ciclo de educación básica, y otras pruebas nacionales que tienen el objetivo de examinar el logro de aprendizaje de los estudiantes y la provisión de la certificación de conclusión del nivel, como así también monitorear el nivel de desempeño de personas jóvenes y adultas. A nivel internacional, la República Dominicana participó de las evaluaciones del Programme for International Student Assesment (PISA), el Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE) y el ICCS (International Civic and Citizenship Education Study); ninguna fue de carácter obligatorio.

La Ordenanza N° 1 de 2016 norma el sistema de pruebas nacionales y de evaluación de los logros de aprendizaje, asumiendo que la evaluación es una herramienta cuyo uso contribuye a mejorar la calidad de la educación de niños, niñas, jóvenes de los diferentes niveles educativos.

4. La efectividad de la política educativa

Acceso, participación, trayectoria educativa y logros de aprendizaje.

Este apartado tiene como propósito ofrecer información sustantiva para realizar una aproximación a la efectividad de la política educativa, mediante el análisis de una serie de indicadores que permiten dar cuenta de la situación en que se encuentran niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas con respecto al derecho a la educación.

4.1. Nivel educativo de la población

• La tasa de analfabetismo tuvo un leve descenso entre las mediciones, fundamentalmente en el área rural.

• Los años de escolarización se incrementaron levemente en todas las variables de segmentación, aunque se mantiene la brecha a favor de las áreas urbanas y los sectores de ingresos superiores.

• El porcentaje de población adulta que finalizó la secundaria alta aumentó significativamente. No obstante, se mantuvo la brecha por sexo (varones 35% vs. mujeres 43%), urbana/rural (47% vs. 24%) y por nivel de ingresos (la población de mayores ingresos casi duplica a la de ingresos inferiores).

4.2. Educación inicial

  • La tasa de asistencia escolar en el último año del nivel inicial también aumentó entre las mediciones, aunque solo alcanza el 90% en los sectores de ingresos medios.

4.3. Educación primaria

• La tasa de asistencia escolar primaria disminuyó levemente en la última medición, a excepción de mujeres, áreas rurales y población de ingresos superiores. 

• La tasa de finalización de la educación primaria evidencia un leve ascenso, que cobra más fuerza en varones, poblaciones rurales y de nivel de ingresos medios.

4.4. Educación secundaria

• La tasa de asistencia escolar a la secundaria baja aumentó significativamente entre 2011 y 2016, superando los 10 puntos porcentuales entre varones, población de áreas rurales y de ingresos superiores.

• La tasa de asistencia escolar a la secundaria alta tuvo un leve incremento, que se expresa con más fuerza entre varones y población de ingresos medios. La sobreedad escolar también se redujo en este nivel.

4.5. Educación superior

• La tasa de asistencia a educación superior muestra un leve ascenso, que cobra más fuerza entre mujeres y población de ingresos medios, sosteniendo importantes brechas entre área rural y urbana, e ingresos superiores e inferiores.

• El porcentaje de finalización de educación superior es mayor en mujeres, zonas urbanas y población de mayores ingresos. No obstante, solo llega al 11,5% del total de la población. 

4.6. Becas y programas de transferencias condicionadas

• Se observa una tendencia decreciente en la proporción de estudiantes de primaria que provienen de hogares beneficiarios de transferencias condicionadas.

5. Desafíos de la política educativa

A lo largo de este documento se intentó mostrar los avances a partir de los compromisos asumidos, haciendo foco en el conjunto de acciones que el país llevó adelante y los resultados de estos esfuerzos.

Desde la firma y ratificación de los distintos instrumentos jurídicos internacionales, República Dominicana asumió el compromiso y la obligación de garantizar el derecho a la educación. Gradualmente fue armonizando su cuerpo normativo y sus acciones programáticas según los principios previstos en los textos jurídicos. La creación de la Comisión Interinstitucional de Alto Nivel para el Desarrollo Sostenible (Decreto N° 23 de 2016) evidencia la intención de adecuar las políticas públicas para lograr los ODS. Asimismo, la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 postula como eje estratégico la construcción de una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades, basada en una educación de calidad.

La Constitución de la República Dominicana refiere al derecho a la educación integral, de calidad, permanente y en igualdad de condiciones y oportunidades. En la carta magna se establecen también los años de obligatoriedad y la creación del Tribunal de la Carrera Docente, el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial y el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil.

El plan estratégico del Ministerio de Educación está alineado con la estrategia de desarrollo mencionada anteriormente, con los ODS, con el Pacto para la Reforma Educativa 2030 y con la Política Educativa Centroamericana. Entre sus retos se propone lograr una educación de calidad, garantizar la inclusión educativa, asegurar la permanencia y culminación de las trayectorias educativas, mejorar la formación y el desempeño docente, acrecentar la cobertura de nivel inicial y secundario, y hacer eficiente la gestión del ministerio en todos sus niveles.

Las actualizaciones curriculares, la implementación de la jornada escolar extendida, los programas para reducir la brecha digital y el apoyo por medio de bonos, útiles y alimentación dan cuenta de los esfuerzos que está realizando el país.

No obstante, los resultados muestran que República Dominicana aún no alcanza las metas propuestas. Los datos evidencian que todavía no se ha logrado la universalización de la educación primaria y se encuentra más lejos incluso ese logro en inicial y secundaria; en este último nivel, la tasa de finalización es del 60%. Los peores indicadores se registran en la educación superior, ya que la población adulta que finalizó este nivel llega solo al 11.5%, promedio que esconde una fuerte diferencia de acuerdo al nivel de ingresos: la población de ingresos superiores alcanza el 30% mientras que aquella con ingresos inferiores solo llega al 3%.

Entre los desafíos del país para lograr la educación inclusiva, de calidad y en igualdad de condiciones y oportunidades que se propone, sin duda será relevante dar batalla a las brechas por nivel de ingresos y entre áreas rurales, para ampliar el acceso y la permanencia en la educación secundaria, posibilitando la transición a la educación superior.

Contenido

CON EL APOYO DE:

Fecha de actualización: diciembre de 2021

1. Información de contexto

República Dominicana se encuentra en el Caribe. Limita al norte con el océano Atlántico, al sur con el mar Caribe, al este con el Canal de la Mona y al oeste con la República de Haití. Su extensión total es de 48.442 km², de los cuales 350 km² están cubiertos por agua. Se divide en 31 provincias, 158 municipios y en un distrito nacional. Luis Rodolfo Abinader Corona fue elegido presidente para el período 2020-2024.

Acceso a la tabla "Principales indicadores del país y promedio regional."

 

2. República Dominicana frente a la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

República Dominicana suscribe a la CDN¹ el 8 de agosto de 1990, la ratifica el 11 de junio de 1991 ante la Secretaría de Naciones Unidas, entrando en vigor el 11 de julio de 1991. Le otorga rango constitucional dentro de su ordenamiento jurídico interno.

La CDN cuenta con tres Protocolos facultativos específicos que la amplían². El primer protocolo relativo a la participación de niños en los conflictos armados y el segundo sobre la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, se ratificaron y adhirieron respectivamente ante la Secretaría de la ONU. El tercer y más reciente protocolo facultativo de la CDN relativo a la aceptación del procedimiento de comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011, se encuentra a la espera de ser aceptado por el Estado parte.

Acceso al gráfico "Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos facultativos."

2.1. Informes periódicos presentados ante el Comité de los Derechos del Niño y observaciones finales del Comité

En cumplimiento con los compromisos asumidos al momento de ratificar la CDN y sus protocolos facultativos, los Estados parte deben presentar informes periódicos cada cinco años ante el Comité de los Derechos del Niño, sobre los avances y medidas adoptadas en materia de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. El Comité de la CDN, en base al estudio del informe entregado por el país, los informes de expertos independientes, de la sociedad civil y de diversas organizaciones no gubernamentales, emite las observaciones finales en respuesta al informe periódico presentado por el Estado parte.

Acceso a la tabla "Avances en el cumplimiento de los derechos reconocidos en la CDN."

 

2.2. La institucionalidad al servicio de la protección integral de los derechos de la infancia

República Dominicana promulgó el Código para la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes a través de la Ley N° 136 de 2003, armonizando su legislación con los postulados de la CDN. Allí busca garantizar el ejercicio, el disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales. Regula el papel y la relación del Estado, la sociedad, las familias y los individuos con los sujetos titulares de derechos desde su nacimiento hasta los 18 años. El código establece el Sistema Nacional de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, que es el conjunto de instituciones, organismos y entidades, tanto gubernamentales como no gubernamentales que formulan, coordinan, integran, supervisan, ejecutan y evalúan las políticas públicas, programas y acciones a nivel nacional, regional y municipal para la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes. El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) se posiciona como el órgano administrativo máximo de dirección del Sistema Nacional de Protección, encargado de formular, aprobar, evaluar, fiscalizar, coordinar y dar seguimiento a las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia.

La autoridad competente para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes es el Defensor de Asuntos de la Niñez y la Juventud, adjunto al Defensor del Pueblo, establecido por mandato de la Ley No 19 de 2001, quien a su vez tiene jurisdicción en todo el territorio de República Dominicana. Asimismo, a través del Decreto No 102 de 2011, se declara de alto interés nacional, la protección y atención integral de todas las personas entre 0 a 5 años y la inclusión de todos los niños y niñas de 5 años a la educación inicial en todo el territorio nacional.

3. La política pública para la primera infancia

3.1. Planificación

Los Estados desarrollan estrategias orientadas a direccionar y conducir el conjunto de acciones que destinan al cumplimiento efectivo de los derechos de niños y niñas durante la primera infancia. En muchos casos, los ejercicios de planificación estratégica dan lugar a documentos, a los cuales se los denomina planes, estrategias o políticas de gran alcance. Si bien la CDN orienta la actividad de los Estados, no fija su contenido específico. Estos tienen que ajustar la orientación de la política pública existente a los principios que propone la CDN. Esto implica precisar un marco conceptual común desde el cual interpretar las decisiones y las acciones que se promueven y las que se llevan adelante.

El Plan Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia Quisqueya Empieza Contigo constituye un componente de la estrategia Quisqueya sin Miseria. Tiene como objetivo fortalecer el sistema nacional de protección y atención integral a la primera infancia, en procura de asegurar respuestas públicas efectivas en torno a las prestaciones universales establecidas para niños y niñas de 0 a 5 años (registro civil, salud y nutrición, educación inicial, prevención del abuso, atención a la discapacidad, participación y movilización social comunitaria) por medio de la coordinación con las instituciones del Estado. Se proponen lineamientos para la definición de políticas públicas y planes de acción. Entre sus objetivos estratégicos se destaca aumentar la cobertura del programa Centros de Atención Integral a la Primera Infancia (Estancias Infantiles), el Programa de Atención Integral de Base Familiar y Comunitaria (PBFC) y la educación inicial. El plan prioriza a niños y niñas que conforman familias de bajos recursos económicos y que residen en comunidades socialmente desfavorecidas.

Por su parte, el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) establece su Plan Estratégico 2016-2020, que define las principales acciones públicas de la institución. La propuesta de valor público se sustenta en un modelo de atención integral a la primera infancia que promueve la universalidad progresiva del servicio, intersectorialidad, participación social, fortalecimientos de prácticas de crianzas saludables, inclusión y equidad.

La Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 postula una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades en la que toda la población tiene garantizada educación, salud, vivienda digna, servicios básicos de calidad que promueven la reducción progresiva de la pobreza y desigualdad social en todo el territorio nacional. Dentro de los ejes estratégicos, objetivos y líneas de acción, define como una acción prioritaria proteger a niños, niñas y jóvenes desde la primera infancia para propiciar su desarrollo integral e inclusión social, a través de la combinación de atención pediátrica, fomento a la lactancia exclusiva hasta los 6 meses, fortalecimiento nutricional a las madres e infantes, orientación a las familias, estimulación temprana y educación inicial desde los 3 años.

 

3.2. Intervenciones

Una aproximación hacia las formas en que los distintos Estados de la región están avanzando hacia la implementación de sistemas integrales de protección de derechos implica hacer foco en todas las acciones que están direccionadas hacia la primera infancia. La matriz de análisis que emerge del estudio de la política actual para primera infancia en América Latina se compone de los distintos núcleos de intervención, en los cuales los Estados concentran la mayor parte de la actividad estatal orientada a niñas y niños en sus primeros años de vida. Pero el análisis de las políticas de primera infancia en la región permite también identificar momentos en los cuales se distribuyen y se articulan las intervenciones a lo largo del tramo que conforma la etapa del ciclo vital. A continuación, se ampliarán estos dos componentes de la matriz utilizada para el análisis de la política para primera infancia en la región.

Los núcleos de intervención que emergen del análisis de la política de primera infancia son: salud, cuidado y educación, y restitución de derechos vulnerados. En la actualidad, la agenda de la primera infancia reconoce y dialoga con estos tres grandes flujos de acción donde se concentra mayor actividad estatal.

El primer núcleo en el cual se concentra una parte importante de la actividad estatal, y el que tiene más historia, es el que hace foco en la atención de salud de las personas embarazadas, y de niños y niñas. El actor institucional central es el sistema de salud. Un rasgo importante es su pretensión de universalidad. Hoy por hoy, se registra un consenso muy fuerte en torno a que todas las personas gestantes, los niños y niñas tienen que tener garantizado el acceso oportuno a servicios de salud de calidad. Desde el momento de la gestación, se despliega un conjunto de intervenciones que se extienden a lo largo del ciclo vital del niño y la niña. Durante el primer año de vida, estas acciones se intensifican considerablemente y se centran básicamente en el seguimiento y control de la salud, estado nutricional y prevención de enfermedades. Estas prestaciones se desarrollan en los distintos dispositivos sanitarios de los tres niveles de atención, que trabajan de manera articulada, y se organizan según los problemas de salud que resuelven y no por las prestaciones que brindan. Aquí se observa cómo los distintos dispositivos de salud despliegan sus capacidades en el territorio y atienden las dimensiones del desarrollo biofísico y nutricional, al igual que las vulnerabilidades asociadas a la gestación y el parto, como la alimentación, lactancia, la salud mental y cuidados fundamentales.

El segundo foco en que se concentra la actividad estatal, con una historia más reciente, son los esfuerzos para garantizar la atención, cuidado y educación en la infancia. En particular, en el desarrollo de las capacidades cognitivas, afectivas, emocionales, sociales de niños y niñas pequeños, en las habilidades parentales de las madres, padres y cuidadores directos, y en el alivio de la carga de cuidado que enfrentan las familias durante la etapa de crianza. En este flujo participan una variedad de actores institucionales y profesionales de diversas disciplinas. Es una vertiente que, al igual que la anterior, acumula una intensa experiencia de territorialización de acciones y trabajo en contextos diversos, en donde el sector salud también tiene una presencia muy importante.

Las acciones orientadas a la protección y cuidado de la infancia se nutren de un conjunto diverso de instrumentos de políticas. A través de talleres en espacios públicos (jardines, escuelas, centros comunitarios) o visitas domiciliarias, se busca acompañar a las familias y fortalecerlas en sus habilidades parentales. Estos espacios constituyen instancias en las que se problematizan distintas dimensiones de la crianza, a la par que funciona como nexo para la articulación de otros servicios públicos. Otro tipo de intervenciones que hacen foco en el desarrollo de capacidades se basa en la atención institucionalizada de niños y niñas. Se trata de espacios en donde las familias dejan a sus hijos al cuidado de otras personas adultas durante un tiempo previamente establecido. Consiste en una oferta variada de servicios, que atiende de forma directa a niños y niñas, cuyas modalidades son diversas: centros de desarrollo infantil, hogares para niños sin cuidados parentales, espacios comunitarios, que por lo general dependen del Ministerio de Desarrollo Social o algún área semejante a nivel provincial o municipal. Muchos de estos servicios nacieron como experiencias comunitarias de cuidado en contextos en donde el Estado se encontraba ausente. En gran medida, porque estos servicios no solo brindan atención directa a niños y niñas, sino que también permiten aliviar la carga de cuidado que enfrentan las familias, liberando tiempo para que las personas adultas puedan trabajar fuera del hogar. Esta es una de las razones por las cuales el debate en torno a estos servicios atraviesa y articula la agenda de la primera infancia con la impulsada por los movimientos de mujeres; en particular, la agenda de los cuidados. Un rasgo común de esta oferta de servicios es que, en contraste con la primera vertiente –relacionada con la atención de la salud–, focaliza en los sectores más vulnerables. Es una red de servicios focalizada y presenta variaciones respecto de su calidad, pertinencia del servicio que brinda, y supervisión y apoyo que recibe por parte del Estado.

En este foco también confluyen los servicios educativos correspondientes al nivel inicial. El actor institucional que ofrece y garantiza el servicio es el Ministerio de Educación u organismos análogos. Aquí lo que se observa es la pretensión de universalizar el nivel inicial a edades más tempranas que, en la actualidad, establece la obligatoriedad en la mayoría de los países a la edad de 4 y 5 años.

Por último, se identificó un tercer núcleo de intervenciones, que se orientan a la restitución de derechos vulnerados. Se caracteriza por ser intensivo en recursos normativos. En este núcleo, el poder judicial tiene una presencia importante pero también participan otras áreas del Estado, como los organismos del sistema de seguridad social y los ministerios de desarrollo social. Algunos de los focos de intervención más relevantes son la prevención y la asistencia a niños y niñas víctimas de trata o explotación sexual y aquellos que son víctimas de otros tipos de violencia. Otro foco de intervención es la restitución del derecho a crecer en un entorno familiar para niños y niñas que no cuentan con cuidados parentales.

Se incluyen aquí acciones orientadas a restituir uno de los derechos más vulnerados en nuestra región: el derecho de niños y niñas a crecer en familias que cuenten con un flujo de ingresos constante, suficiente y protegido. Los instrumentos de política que se utilizan con más frecuencia son la transferencia de bienes y de recursos financieros a las familias, o el acceso gratuito o preferencial a alimentos.

Por otro lado, como se mencionó, a partir del análisis de las políticas de primera infancia, se constata que los países tienden a distinguir momentos según la etapa del ciclo vital. Y, en cada uno de ellos, varían la participación de los actores institucionales, los modos de intervención y los instrumentos de política empleados. Al hacer foco en las prestaciones (es decir, los bienes, servicios y transferencias), se observa que éstas se distribuyen y articulan a lo largo del tramo que conforma esta etapa del ciclo vital, y que se atiende en forma simultánea a las distintas dimensiones que impulsan el desarrollo de las capacidades de niños y niñas durante este periodo en particular. Estos momentos son el pregestacional, el gestacional, el parto y puerperio, el primer año de vida y el período entre los 45 días a los 4 años e ingreso a educación obligatoria.

Momento pregestacional

Los Estados desarrollan acciones orientadas a ampliar las oportunidades de inclusión social de las mujeres y varones jóvenes a través, fundamentalmente, de la culminación del tramo de escolarización obligatoria, talleres para la promoción de la maternidad y paternidad responsables, y de la salud sexual y reproductiva.

Momento gestacional

La actividad estatal se concentra intensamente en garantizar el derecho a la salud de las personas embarazadas y de los niños y niñas por nacer. En situaciones adversas –distancia geográfica, por ejemplo–, se desarrollan acciones orientadas a garantizar el parto institucionalizado. A través de transferencias monetarias, se busca atender oportunamente situaciones de vulnerabilidad social. Las consejerías estructuradas interdisciplinarias asisten a las mujeres en conflicto con la maternidad. En paralelo, los talleres y consejerías orientadas a las mujeres gestantes, sus parejas y/o acompañantes buscan fortalecer y desarrollar habilidades para la crianza.

Parto y puerperio

La prevención y el control de la salud, y la captación temprana de enfermedades en las madres y los niños o niñas recién nacidos, así como el registro de su identidad, son objetivos destacados entre las intervenciones que desarrollan los Estados durante el parto y el puerperio. Por ello, garantizar que el parto ocurra en establecimientos de salud, atendido por profesionales capacitados en un abordaje humanizado, es central. La atención de las vulnerabilidades sociales, emocionales y el desarrollo de habilidades para la crianza que se iniciaron en etapas previas, continúan. Las licencias parentales constituyen una de las formas en que los Estados protegen el derecho de niños y niñas a recibir cuidados sin que esto implique resignar ingresos.

Primer año de vida

En esta etapa de la cadena prestacional se adicionan servicios para la atención de la salud, el cuidado directo y la educación institucionalizada de niños y niñas. Uno de los objetivos explicitados de estos servicios es facilitar la participación de las madres en actividades que generan ingresos. En casos de abandono, violencia, negligencia u otras formas graves de vulneración de derechos, la restitución del derecho de niños y niñas a vivir en entornos familiares se transforma en prioridad.

De 45 días a 4 años e ingreso a educación obligatoria

Este momento, que se solapa con el anterior, se identifica por la centralidad que gradualmente adquiere el componente educativo dentro de los servicios de atención y educación de la primera infancia (AEPI). En gran parte de los países de la región, los Estados comienzan a ofrecer educación escolarizada. Entre los 3 y 5 años, se establece el inicio del tramo obligatorio de escolarización, que culmina entre los 14 y 17 años según el país.

Más allá de las intervenciones que se definen en cada momento, hay estrategias nacionales que abarcan la atención integral de la primera infancia. En estos países se enfatiza que el acceso de las familias a un flujo constante de ingresos, al trabajo decente, a una vivienda adecuada y a servicios básicos de saneamiento constituyen derechos irrenunciables para garantizar e igualar las oportunidades de niños y niñas a desarrollar todo su potencial. El entramado normativo, orientado a regular el vínculo entre niños, niñas y personas adultas, por ejemplo, para prevenir y penalizar el uso de la violencia como forma de disciplinamiento al interior de las familias o en las escuelas, es otra de las instancias cruciales que sostienen la conformación de un sistema integral para la protección de los derechos de la primera infancia.

A continuación, se presenta un conjunto relevante –pero no exhaustivo– de acciones que dan cuentan de los avances realizados en República Dominicana para dotar de integralidad a la política para la primera infancia y garantizar el cumplimiento efectivo de los derechos de los niños y niñas pequeños. Las mismas se presentan agrupadas por núcleos de intervención según los momentos del ciclo vital.

 

 

3.3. Evaluación y monitoreo

Se registran diversos avances en la construcción de sistemas de información y evaluación de la política pública para la primera infancia. Muchos países ponen a disposición datos estadísticos e investigaciones, generalmente evaluaciones de impacto de algunos componentes puntuales de sus políticas, memorias, informes de auditoría, estudios sobre temas específicos, solicitados a universidades y organismos nacionales y extranjeros, a través de los cuales cubren, en parte, la demanda de información para el análisis de la situación de la primera infancia y de los esfuerzos que realizan los Estados para garantizar el cumplimiento efectivo de sus derechos.

A continuación, se presenta un conjunto breve de acciones orientadas a fortalecer las decisiones del Estado y su capacidad para sostener la política pública de la primera infancia. Se hace foco en las intervenciones públicas dirigidas a monitorear el diseño y la implementación de la política, y la ampliación de participación ciudadana.

4. Agenda actual de la primera infancia

A partir de la ratificación de la CDN –hace casi tres décadas– República Dominicana ha demostrado amplios esfuerzos por armonizar los principios propuestos por la Convención en su ordenamiento jurídico interno, su institucionalidad y acciones programáticas. En este sentido, la agenda actual de la primera infancia constituye un diálogo permanente de estas tres dimensiones para dotar de integralidad la política pública orientada a las niñas y niños pequeños.

Comparando la situación del país con los promedios regionales para cada indicador, respecto a los indicadores económicos, el PIB per cápita lo sitúa dentro de los países de ingreso medio en la región. El porcentaje de individuos en situación de pobreza es cercano al 20%, algo menor que la tendencia general de los demás países, a la vez que el gasto social en porcentaje del PIB es considerablemente inferior (8,0%). Los indicadores de salud, en términos generales, evidencian ciertas condiciones desfavorables, principalmente debido al alto nivel de mortalidad materna, mortalidad neonatal, mortalidad infantil, a la alta tasa de fecundidad adolescente y a la baja proporción de lactancia materna exclusiva de menores de 6 meses. Los indicadores educativos de la primera infancia muestran al país con un desempeño apenas por debajo del promedio regional, alcanzando una tasa de escolarización para niños de 5 años del 86,9%.

Una mirada en la planificación, nos muestra que la primera infancia ha ingresado en la agenda pública. La Estrategia de Desarrollo al 2030 define acciones prioritarias para esta población, al igual que el diseño e implementación del plan Quisqueya Empieza Contigo, como un componente importante de la estrategia de lucha contra la miseria. Simultáneamente se observa el rol gravitante del INAIPI, como organismo que articula y direcciona las acciones orientadas a garantizar los derechos fundamentales de niños y niñas. Asimismo, una mirada hacia el conjunto de bienes y servicios públicos, evidencia los esfuerzos para garantizar la atención, educación y cuidado a través de los centros integrales a la primera infancia (CAIPI-CAIFI) y la oferta regular educativa. También se registran acciones para el control y seguimiento de la salud de la gestante y recién nacido, y aquellas intervenciones que acompañan al niño y la niña, como los relacionados a la atención a la salud, prevención de enfermedades, nutrición, entre otras. Finalmente, significativos esfuerzos se observan para la atención y reparación de derechos vulnerados de la primera infancia, principalmente a través de las acciones de relativa importancia que impulsa el CONANI. También se observan esfuerzos en el monitoreo y evaluación de las políticas públicas, a través del diseño e implementación de un observatorio de políticas sociales y desarrollo, el cual cuenta con información sustantiva sobre programas dirigidos a la primera infancia. Asimismo, todos los organismos presentan datos de presupuestos, contrataciones, personal, memorias institucionales y otros relacionados con la transparencia, dando cumplimiento a la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública vigente en el país.

Los desafíos que enfrenta República Dominicana en materia de primera infancia se ubican en dos planos. En el plano normativo, es prioritaria la firma y ratificación del tercer y más reciente protocolo facultativo de la CDN, relativo a la aceptación del procedimiento de comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011. En el plano de las políticas públicas, el esfuerzo podría centrarse en lograr la ampliación de las tasas de asistencia en el nivel inicial y mejorar las estrategias del foco salud, para reducir la mortalidad infantil y la desnutrición, que presentan indicadores críticos.

 

  Finalmente, el principal desafío que prevalece en América Latina es la alta desigualdad social y de carácter estructural que prima en los países. Una desigualdad social elevada genera condiciones extremadamente desfavorables para efectivizar los derechos de la primera infancia. La carencia persistente de ingresos se encuentra sobrerrepresentada en los grupos sociales históricamente rezagados –población indígena, afrodescendiente, que reside en áreas rurales, en la población migrante, entre otras– y se inscribe frecuentemente en procesos históricos de acumulación intergeneracional de desventajas sociales que generan condiciones que no contribuyen en la apropiación de los beneficios potenciales que supone acceder a los bienes y servicios públicos. El beneficio social se diluye si no se resuelve la base estructural de redistribución social de la riqueza. Promover una mayor igualdad social implica no solo impulsar un crecimiento y desarrollo sostenible sobre bases más sólidas, sino también contribuir a la realización de los derechos sociales, económicos y culturales de las personas durante todo su ciclo vital.  

 

 

5. Notas al pie

[1] La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN) es el tratado internacional al que más países han adherido, 196 países incluidos los 19 latinoamericanos lo han ratificado. Constituye el primer tratado internacional de derechos humanos que sitúa a niños y niñas como sus titulares directos. Desde el momento de su ratificación, los Estados asumen la obligación de garantizar los principios y derechos contenidos en el instrumento jurídico.

 

[2] Después de la aprobación de un tratado de derechos humanos se suelen añadir “protocolos facultativos”, mecanismos jurídicos que complementan y añaden provisiones al tratado. Un protocolo es “facultativo” porque no vincula automáticamente a los Estados que ya han ratificado el tratado original. Estas obligaciones en el protocolo son adicionales y pueden ser más exigentes que las que aparecían en la Convención original, por lo que los Estados deben escoger de manera independiente si quieren vincularse o no al protocolo. Su objetivo es profundizar sobre algunas cuestiones o temas que ya existían en el tratado original, abordar una preocupación nueva o añadir algún procedimiento para su aplicación. En definitiva, amplían las obligaciones del tratado original (UNICEF).

 

[3] Los instrumentos internacionales de derechos humanos como la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos se negocian entre los Estados miembros de las Naciones Unidas y son jurídicamente vinculantes para cada uno de los Estados que sean parte del instrumento. Hay dos maneras en que un Estado puede llegar a ser parte: mediante la firma y ratificación o mediante la adhesión.

Al ratificar la Convención o un Protocolo Facultativo, un Estado acepta la obligación de respetar, proteger, promover o satisfacer los derechos enumerados, incluida la adopción o el cambio de leyes y políticas que pongan en vigor las disposiciones de la Convención o Protocolo. La Convención considera que todos los derechos de la infancia tienen la misma importancia. No existe ningún derecho "menor", ni ninguna jerarquía entre los derechos humanos. Estos derechos son indivisibles y están mutuamente relacionados, y se centran en todos los aspectos del niño. Las decisiones de los gobiernos con respecto a cualquiera de los derechos deben hacerse a la luz de los otros derechos de la Convención (UNICEF).